Disposición adicional segunda. Compatibilidad del Ingreso Aragonés de Inserción con el IMV.
Disposición adicional segunda de la Ley 3/2021, de 20 de mayo, por la que se regula la Prestación Aragonesa Complementaria del Ingreso Mínimo Vital y el Servicio Público Aragonés de Inclusión Social. · BOE-A-2021-10673
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2021-05-25.
Texto consolidado
Para aquellas personas titulares del Ingreso Aragonés de Inserción a las que les sea notificada por la Administración de la Seguridad Social una resolución de concesión del IMV, las cuantías percibidas del Ingreso Aragonés de Inserción durante los periodos de eficacia retroactiva de la resolución de la concesión del IMV serán compatibles con el citado Ingreso.
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