Ley 3/2015, de 25 de marzo, de Cámaras Oficiales de Comercio, Industria y Servicios de Aragón.
BOE-A-2015-5293 · Boletín Oficial del Estado, 2015-05-13 · Comunidad Autónoma de Aragón
Ley 3/2015 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2025-12-19.
Datos clave
- Rango
- Ley 3/2015
- Fecha de la disposición
- 2015-03-25
- Publicación
- Boletín Oficial del Estado núm. 114, 2015-05-13
- Entrada en vigor
- 2015-04-11
- Departamento
- Comunidad Autónoma de Aragón
- Estado
- Vigente
- Consolidado actualizado
- 2025-12-19
- Artículos
- 66
- Identificador BOE
- BOE-A-2015-5293
- Texto consolidado
- boe.es · ELI
De qué trata esta norma
En nombre del Rey y como Presidenta de la Comunidad Autónoma de Aragón, promulgo la presente Ley, aprobada por las Cortes de Aragón, y ordeno se publique en el «Boletín Oficial de Aragón» y en el «Boletín Oficial del Estado», todo ello de conformidad con lo dispuesto en el artículo 45 del Estatuto de Autonomía de Aragón.
PREÁMBULO
Índice del articulado
- Artículo 1. Objeto de la Ley.
- Artículo 2. Naturaleza y régimen jurídico.
- Artículo 3. Ámbito territorial.
- Artículo 4. Delegaciones territoriales.
- Artículo 5. Funciones.
- Artículo 6. Servicios mínimos obligatorios.
- Artículo 7. Planes Camerales Autonómicos.
- Artículo 8. Adscripción a las Cámaras Oficiales de Comercio, Industria y Servicios de Aragón.
- Artículo 9. Censo público.
- Artículo 10. Organización de las Cámaras Oficiales de Comercio, Industria y Servicios de Aragón.
- Artículo 11. Composición.
- Artículo 12. Sesiones.
- Artículo 13. Atribuciones.
- Artículo 14. Composición.
- Artículo 15. Atribuciones.
- Artículo 16. El Presidente.
- Artículo 17. Atribuciones.
- Artículo 18. Elección y atribuciones.
- Artículo 19. Elección y atribuciones.
- Artículo 20. La Secretaría General.
- Artículo 21. Director Gerente.
- Artículo 22. Régimen jurídico.
- Artículo 23. Aprobación y modificación del Reglamento de Régimen Interior.
- Artículo 24. Contenido del Reglamento de Régimen Interior.
- Artículo 25. Del Código de Buenas Prácticas.
- Artículo 26. Derecho de sufragio activo.
- Artículo 27. Derecho de sufragio pasivo.
- Artículo 28. Censo electoral general y específico.
- Artículo 29. Publicidad de los censos electorales.
- Artículo 30. Convocatoria de elecciones, publicidad y contenido.
- Artículo 31. Juntas Electorales.
- Artículo 32. Presentación y proclamación de candidaturas.
- Artículo 33. Voto no presencial.
- Artículo 34. Órganos de gobierno en funciones.
- Artículo 35. Constitución de los órganos de gobierno.
- Artículo 36. Financiación.
- Artículo 37. Presupuestos.
- Artículo 38. Elaboración de los presupuestos.
- Artículo 39. Aprobación de los presupuestos.
- Artículo 40. Liquidación de los presupuestos.
- Artículo 41. Transparencia.
- Artículo 42. Recursos.
- Artículo 43. Tutela.
- Artículo 44. Suspensión y extinción.
- Artículo 45. Naturaleza.
- Artículo 46. Funciones y régimen jurídico.
- Artículo 47. Órganos de gobierno.
- Artículo 48. El Pleno.
- Artículo 49. El Comité Ejecutivo.
- Artículo 50. El Presidente.
- Artículo 51. Adopción de acuerdos.
- Artículo 52. Presupuesto.
- Artículo 53. Tutela.
- Artículo 54. Convenios.
- Disposición transitoria primera. Adaptación al contenido de la norma.
- Disposición transitoria segunda. Órganos de gobierno.
- Disposición transitoria tercera. Elección de los vocales correspondientes a las empresas de mayor aportación voluntaria.
- Disposición transitoria cuarta. Límite temporal al mandato del Presidente.
- Disposición transitoria quinta. Período para la aprobación del Código de Buenas Prácticas.
- Disposición transitoria sexta. Voto no presencial.
- Disposición transitoria séptima. Constitución de los órganos de gobierno.
- Disposición transitoria octava. Período para alcanzar la estabilidad presupuestaria.
- Disposición transitoria novena. Devengo del recurso cameral no prescrito.
- Disposición derogatoria única.
- Disposición final primera. Desarrollo reglamentario.
- Disposición final segunda. Entrada en vigor.
Normas a las que afecta (4)
| Relación | Norma |
|---|---|
| Cita | Real Decreto 1052/1994, de 20 de mayo |
| De conformidad con | Ley Orgánica 5/2007, de 20 de abril, de reforma del Estatuto de Autonomía de Aragón. |
| De conformidad con | Ley 4/2014, de 1 de abril, Básica de las Cámaras Oficiales de Comercio, Industria, Servicios y Navegación. |
| Deroga | la Ley 10/2004, de 20 de diciembre |
Preguntas frecuentes
- ¿Está en vigor Ley 3/2015?
- Ley 3/2015 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2025-12-19.
- ¿Dónde consultar el texto consolidado actualizado de Ley 3/2015?
- El texto consolidado oficial está disponible en boe.es (enlazado en esta página). En El Vínculo puedes además leerla artículo a artículo, ver versiones anteriores de cada precepto y preguntar a la IA sobre su contenido.