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Ley Vigente

Artículo 24. Contenido del Reglamento de Régimen Interior.

Artículo 24 de la Ley 3/2015, de 25 de marzo, de Cámaras Oficiales de Comercio, Industria y Servicios de Aragón. · BOE-A-2015-5293

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2015-04-11.

Texto consolidado

1. En el Reglamento de Régimen Interior constarán, al menos, los siguientes extremos:

a) La estructura del Pleno, sus funciones, el número y forma de elección de los miembros del Comité Ejecutivo y las normas de funcionamiento de sus órganos de gobierno.

b) Procedimiento de apertura, gestión y cierre de las delegaciones territoriales.

c) Procedimiento de aprobación y revisión de las actividades privadas a desarrollar por la Cámara.

d) Régimen, procedimiento de contratación e incompatibilidades del personal de la Cámara.

e) Mecanismos adecuados para asegurar el normal funcionamiento de la Cámara en lo no previsto en la presente Ley y en sus normas de desarrollo complementario.

f) Cualesquiera otros conceptos establecidos por la presente Ley o su normativa de desarrollo.

2. Se incluirán como Anexos al Reglamento de Régimen Interior la estructura y la composición del Pleno en lo referente a su distribución por grupos y categorías, así como el régimen de personal al servicio de la Cámara.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2015-04-11.

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