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Ley Vigente

Disposición transitoria novena. Devengo del recurso cameral no prescrito.

Disposición transitoria novena de la Ley 3/2015, de 25 de marzo, de Cámaras Oficiales de Comercio, Industria y Servicios de Aragón. · BOE-A-2015-5293

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2015-04-11.

Texto consolidado

Sin perjuicio de la supresión del recurso cameral permanente, ello no alterará la exigibilidad de las cuotas del recurso cameral permanente no prescritas.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2015-04-11.

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