Disposición transitoria octava. Período para alcanzar la estabilidad presupuestaria.
Disposición transitoria octava de la Ley 3/2015, de 25 de marzo, de Cámaras Oficiales de Comercio, Industria y Servicios de Aragón. · BOE-A-2015-5293
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2015-04-11.
Texto consolidado
Las Cámaras de Comercio, Industria y Servicios dispondrán de un plazo máximo de tres años a partir de la entrada en vigor de la presente ley para alcanzar la situación de equilibrio presupuestario previsto en el artículo 37.2.