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Ley Vigente

Disposición transitoria octava. Período para alcanzar la estabilidad presupuestaria.

Disposición transitoria octava de la Ley 3/2015, de 25 de marzo, de Cámaras Oficiales de Comercio, Industria y Servicios de Aragón. · BOE-A-2015-5293

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2015-04-11.

Texto consolidado

Las Cámaras de Comercio, Industria y Servicios dispondrán de un plazo máximo de tres años a partir de la entrada en vigor de la presente ley para alcanzar la situación de equilibrio presupuestario previsto en el artículo 37.2.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2015-04-11.

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