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Ley Vigente

Disposición transitoria quinta. Período para la aprobación del Código de Buenas Prácticas.

Disposición transitoria quinta de la Ley 3/2015, de 25 de marzo, de Cámaras Oficiales de Comercio, Industria y Servicios de Aragón. · BOE-A-2015-5293

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2015-04-11.

Texto consolidado

Las Cámaras de Comercio, Industria y Servicios dispondrán de un plazo máximo de un año a partir de la entrada en vigor de la presente ley para la aprobación del Código de Buenas Prácticas previsto en el artículo 25.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2015-04-11.

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