Ley 3/2005, de 15 de junio, de Archivos.
BOE-A-2005-12100 · Boletín Oficial del Estado, 2005-07-14 · Comunidad Valenciana
Ley 3/2005 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2026-01-09.
Datos clave
- Rango
- Ley 3/2005
- Fecha de la disposición
- 2005-06-15
- Publicación
- Boletín Oficial del Estado núm. 167, 2005-07-14
- Entrada en vigor
- 2005-06-17
- Departamento
- Comunidad Valenciana
- Estado
- Vigente
- Consolidado actualizado
- 2026-01-09
- Artículos
- 78
- Identificador BOE
- BOE-A-2005-12100
- Texto consolidado
- boe.es · ELI
De qué trata esta norma
Sea notorio y manifiesto a todos los ciudadanos que las Cortes Valencianas han aprobado y yo, de acuerdo con lo establecido por la Constitución y el Estatuto de Autonomía, en nombre del Rey, promulgo la siguiente Ley:
PREÁMBULO
La Generalitat, de acuerdo con el artículo 31.6 del Estatuto de Autonomía, ha asumido competencias exclusivas en materia de archivos, sin perjuicio de lo que dispone el artículo 149.1.28 de la Constitución española, que atribuye al estado las competencias sobre los archivos de titularidad estatal y los bienes muebles conservados en ellos. Por lo tanto, en el Archivo del Reino de Valencia, Archivo Histórico Provincial de Alicante, Archivo Histórico de Orihuela (Alicante) y Archivo Histórico Provincial de Castellón, al ser archivos de titularidad estatal, la Generalitat tan solo ejerce funciones de gestión.
Índice del articulado
- Artículo 1. Objeto.
- Artículo 2. Ámbito de aplicación.
- Artículo 3. Conceptos.
- Artículo 4. Obligación de colaboración.
- Artículo 5. Colaboración con las confesiones religiosas.
- Artículo 6. Promoción de las nuevas tecnologías.
- Artículo 7. Estructura del Sistema Archivístico Valenciano.
- Artículo 8. Requisitos y efectos de la pertenencia al Sistema Archivístico Valenciano.
- Artículo 9. El órgano directivo del Sistema archivístico valenciano.
- Artículo 10. El Consejo Asesor de Archivos.
- Artículo 11. La Junta Calificadora de Documentos Administrativos.
- Artículo 12. El órgano de la Generalitat competente en materia de nuevas tecnologías.
- Artículo 13. Concepto.
- Artículo 14. Concentración de documentos de una misma entidad pública o persona jurídica.
- Artículo 15. Archivos de personas jurídicas suprimidas o disueltas.
- Artículo 16. Obligaciones de los titulares de archivos públicos.
- Artículo 17. Depósitos provisionales de archivos públicos.
- Artículo 18. Estructura de los archivos públicos.
- Artículo 19. Gestión documental de los archivos públicos.
- Artículo 20. Contratación de la gestión externa de los archivos públicos.
- Artículo 21. Obligación de tener un depósito para archivo.
- Artículo 22. Previsión de espacio para archivo.
- Artículo 23. Declaración de utilidad pública.
- Artículo 24. Dotación de personal.
- Artículo 25. Obligaciones del personal al servicio de los archivos públicos.
- Artículo 26. Colaboración de la Generalitat.
- Artículo 27. Clases de archivos.
- Artículo 28. Archivos de gestión.
- Artículo 29. Archivos centrales de las consellerias.
- Artículo 30. Archivos intermedios.
- Artículo 31. El Arxiu Històric de la Comunitat Valenciana y otros archivos históricos.
- Artículo 31 bis El Arxiu de la Generalitat.
- Artículo 32. Archivos de los servicios periféricos.
- Artículo 33. Depósito de fondos de otras administraciones públicas.
- Artículo 34. Concepto.
- Artículo 35. Organización y funciones de los archivos de las entidades locales de la Comunidad Valenciana.
- Artículo 36. Entidades locales obligadas a tener servicio de archivo.
- Artículo 37. Servicios mancomunados de archivo.
- Artículo 38. Depósito de fondos en los archivos de las entidades locales.
- Artículo 39. Concepto.
- Artículo 40. Inclusión en el Sistema Archivístico Valenciano.
- Artículo 41. Archivos de entidades privadas sin ánimo de lucro.
- Artículo 42. Documentos públicos.
- Artículo 43. Inalienabilidad de los documentos públicos.
- Artículo 44. Responsabilidad de los titulares.
- Artículo 45. Normas de gestión.
- Artículo 46. Calendario de conservación.
- Artículo 47. Documentos privados.
- Artículo 48. Responsabilidad de los titulares de documentos integrados en el patrimonio documental valenciano.
- Artículo 49. Depósito voluntario de documentos privados.
- Artículo 50. Depósito obligatorio de documentos privados.
- Artículo 51. Organización de fondos documentales.
- Artículo 52. Tecnologías de la información y la comunicación.
- Artículo 53. Instrumentos de descripción.
- Artículo 54. Difusión.
- Artículo 55. Nuevas tecnologías.
- Artículo 56. Derecho de acceso.
- Artículo 57. Copias y certificaciones.
- Artículo 58. Consulta de archivos públicos.
- Artículo 59. Normas de acceso a los fondos documentales de los archivos históricos.
- Artículo 60. Exclusión de documentos de la consulta pública.
- Artículo 61. Suspensión del derecho de acceso a los fondos del patrimonio documental valenciano.
- Artículo 62. Procedimiento de acceso a los archivos históricos.
- Artículo 63. Consulta de los documentos privados.
- Artículo 64. Infracciones administrativas.
- Artículo 65. Sanciones.
- Artículo 66. Multas coercitivas.
- Artículo 67. Reparación de daños.
- Artículo 68. Órganos competentes.
- Artículo 69. Procedimiento sancionador.
- Artículo 70. Prescripción.
- Disposición adicional primera. Cambio de denominación del Archivo Central de la Generalitat.
- Disposición adicional segunda. Funciones del Archivo de la Generalitat.
- Disposición transitoria. Plazo de adecuación.
- Disposición derogatoria. Derogación normativa.
- Disposición final primera. Actualización de la cuantía de las multas.
- Disposición final segunda. Habilitación de desarrollo.
- Disposición final tercera. Entrada en vigor.
Normas que la modifican o afectan (3)
Normas a las que afecta (2)
| Relación | Norma |
|---|---|
| De conformidad con | Ley Orgánica 5/1982, de 1 de julio, de Estatuto de Autonomía de la Comunidad Valenciana. |
| De conformidad con | Ley 4/1998, de 11 de junio, del Patrimonio Cultural Valenciano. |
Preguntas frecuentes
- ¿Está en vigor Ley 3/2005?
- Ley 3/2005 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2026-01-09.
- ¿Qué normas modifican o afectan a Ley 3/2005?
- El BOE registra 3 referencias posteriores sobre esta norma (modificaciones, desarrollos, correcciones o derogaciones parciales). En esta página se listan con enlace a cada norma.
- ¿Dónde consultar el texto consolidado actualizado de Ley 3/2005?
- El texto consolidado oficial está disponible en boe.es (enlazado en esta página). En El Vínculo puedes además leerla artículo a artículo, ver versiones anteriores de cada precepto y preguntar a la IA sobre su contenido.