Artículo 54. Difusión.
Artículo 54 de la Ley 3/2005, de 15 de junio, de Archivos. · BOE-A-2005-12100
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2025-12-30.
Texto consolidado
Las consellerias competentes en materia de archivos, a través del centro directivo competente, cada una en su ámbito de actuación, recogerán y difundirán la información sobre centros de consulta, fuentes documentales y bibliografía de archivos.
Se modifica por el art. 42.18 del Decreto-ley 14/2025, de 26 de diciembre. Ref. DOGV-r-2025-90320
Redacciones de este artículo
Este precepto ha tenido 2 redacciones. La redacción vigente la dio BOE-A-2025-90320.