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LeyAutonómico Vigente

Ley 3/1996, de 16 de mayo, de puertos de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia.

BOE-A-1996-21849 · Boletín Oficial del Estado, 1996-10-02 · Comunidad Autónoma de la Región de Murcia

Ley 3/1996 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2025-12-18.

Resumen

La Ley 3/1996, de 16 de mayo, regula la construcción y explotación de puertos e instalaciones portuarias en la Región de Murcia, específicamente para puertos de refugio y deportivos, excluyendo aquellos de interés general que son competencia del Estado. Esta norma es aplicable a las entidades y personas que deseen realizar actividades en estos puertos desde su entrada en vigor en 1996.

Entre los puntos clave de la ley, se establece que la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia tiene la competencia para construir y gestionar estos puertos, garantizando un uso sostenible de los recursos naturales y la protección del medio ambiente. Además, se detallan las condiciones para otorgar concesiones y autorizaciones para la explotación de obras e instalaciones, así como los cánones que deben pagar los concesionarios. También se incluyen medidas para la inspección y control del cumplimiento normativo, así como un régimen sancionador para infracciones leves, graves y muy graves. La ley no está derogada y sigue vigente.

Resumen generado con IA a partir del texto consolidado. Para el detalle exacto, consulta siempre el texto oficial.

Datos clave

Rango
Ley 3/1996
Fecha de la disposición
1996-05-16
Publicación
Boletín Oficial del Estado núm. 238, 1996-10-02
Entrada en vigor
1996-06-14
Departamento
Comunidad Autónoma de la Región de Murcia
Estado
Vigente
Consolidado actualizado
2025-12-18
Artículos
58
Identificador BOE
BOE-A-1996-21849
Texto consolidado
boe.es · ELI

De qué trata esta norma

EL PRESIDENTE DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE LA REGIÓN DE MURCIA

Sea notorio a todos los ciudadanos de la Región de Murcia que la Asamblea Regional ha aprobado la Ley 3/1996, de 16 de mayo, de Puertos de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia.

Por consiguiente, al amparo del artículo 30, dos, del Estatuto de Autonomía, en nombre del Rey, promulgo y ordeno la publicación de la siguiente Ley:

Extracto del preámbulo del texto consolidado. Texto completo, artículo a artículo, en El Vínculo.

Índice del articulado

Normas que la modifican o afectan (14)

Normas a las que afecta (14)

Preguntas frecuentes

¿Está en vigor Ley 3/1996?
Ley 3/1996 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2025-12-18.
¿Qué normas modifican o afectan a Ley 3/1996?
El BOE registra 14 referencias posteriores sobre esta norma (modificaciones, desarrollos, correcciones o derogaciones parciales). En esta página se listan con enlace a cada norma.
¿Dónde consultar el texto consolidado actualizado de Ley 3/1996?
El texto consolidado oficial está disponible en boe.es (enlazado en esta página). En El Vínculo puedes además leerla artículo a artículo, ver versiones anteriores de cada precepto y preguntar a la IA sobre su contenido.
En El Vínculo puedes leer esta norma artículo a artículo, ver qué decía cada precepto en una fecha pasada y preguntarle a la IA sobre su contenido.