El Vínculo El Vínculo.
Ley Vigente

Artículo 34.

Artículo 34 de la Ley 3/1996, de 16 de mayo, de puertos de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia. · BOE-A-1996-21849

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1996-06-14.

Texto consolidado

1. Constituyen infracciones administrativas en el ámbito de los puertos de la Región de Murcia las acciones y omisiones tipificadas y sancionadas en esta Ley.

2. Las infracciones se clasifican en leves, graves y muy graves, con sujeción a los criterios que se indican en los artículos siguientes.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 1996-06-14.

Más artículos de Ley 3/1996

En El Vínculo puedes leer Ley 3/1996 artículo a artículo, ver qué decía cada precepto en una fecha pasada y preguntarle a la IA sobre su contenido.