Artículo 14.
Artículo 14 de la Ley 3/1996, de 16 de mayo, de puertos de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia. · BOE-A-1996-21849
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2021-05-11.
Texto consolidado
El plazo de la concesión comenzará a contar desde el día siguiente a la fecha de notificación del otorgamiento de la misma.
Se modifica por el art. 1.4 del Decreto-ley 1/2021, de 6 de mayo. Ref. BORM-s-2021-90174
Redacciones de este artículo
Este precepto ha tenido 3 redacciones. La redacción vigente la dio BOE-A-2021-90174.