Ley 14/2011, de 1 de junio, de la Ciencia, la Tecnología y la Innovación.
BOE-A-2011-9617 · Boletín Oficial del Estado, 2011-06-02 · Jefatura del Estado
Ley 14/2011 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2026-04-20.
Datos clave
- Rango
- Ley 14/2011
- Fecha de la disposición
- 2011-06-01
- Publicación
- Boletín Oficial del Estado núm. 131, 2011-06-02
- Entrada en vigor
- 2011-12-02
- Departamento
- Jefatura del Estado
- Estado
- Vigente
- Consolidado actualizado
- 2026-04-20
- Artículos
- 110
- Identificador BOE
- BOE-A-2011-9617
- Texto consolidado
- boe.es · ELI
De qué trata esta norma
JUAN CARLOS I
REY DE ESPAÑA
A todos los que la presente vieren y entendieren,
Índice del articulado
- Artículo 1. Objeto.
- Artículo 2. Objetivos generales.
- Artículo 3. Sistema Español de Ciencia, Tecnología e Innovación.
- Artículo 4. Principios.
- Artículo 4 bis. Transversalidad de género.
- Artículo 4 ter. Medidas para la igualdad efectiva.
- Artículo 5. La evaluación en la asignación de los recursos públicos.
- Artículo 6. Estrategia Española de Ciencia, Tecnología e Innovación.
- Artículo 7. Estrategia Española de Innovación.
- Artículo 8. Consejo de Política Científica, Tecnológica y de Innovación.
- Artículo 9. Consejo Asesor de Ciencia, Tecnología e Innovación.
- Artículo 10. Comité Español de Ética de la Investigación.
- Artículo 11. Sistema de Información sobre Ciencia, Tecnología e Innovación.
- Artículo 11 bis. Evaluación externa e independiente del Plan Estatal de Investigación Científica y Técnica y de Innovación y de la Estrategia Española de Ciencia, Tecnología e I…
- Artículo 12. Ámbito de aplicación.
- Artículo 13. Personal investigador.
- Artículo 14. Derechos del personal investigador.
- Artículo 15. Deberes del personal investigador.
- Artículo 16. Criterios de selección del personal investigador.
- Artículo 17. Movilidad del personal de investigación.
- Artículo 18. Participación del personal de investigación de los agentes de ejecución del sector público en sociedades mercantiles.
- Artículo 19. Personas colaboradoras y expertas o especialistas científicas y tecnológicas y de innovación.
- Artículo 20. Modalidades contractuales.
- Artículo 21. Contrato predoctoral.
- Artículo 22. Contrato de acceso de personal investigador doctor.
- Artículo 22 bis. Reconocimiento del certificado R3 como investigador/a establecido/a y participación en procesos selectivos.
- Artículo 23. Contrato de investigador/a distinguido/a.
- Artículo 23 bis. Contrato de actividades científico-técnicas.
- Artículo 24. Ámbito de aplicación.
- Artículo 25. Carrera profesional del personal investigador.
- Artículo 26. Acceso al empleo público y promoción interna.
- Artículo 27. Personal de investigación.
- Artículo 28. Derechos y deberes del personal técnico al servicio de los Organismos Públicos de Investigación de la Administración General del Estado.
- Artículo 29. Personal técnico funcionario al servicio de los Organismos Públicos de Investigación de la Administración General del Estado.
- Artículo 30. Contratación de personal técnico laboral para la realización de proyectos específicos de investigación científica y técnica.
- Artículo 31. Acceso a los cuerpos docentes universitarios de las Universidades públicas.
- Artículo 32. Dedicación del personal docente e investigador.
- Artículo 32 bis. Contratos para la realización de proyectos y para la ejecución de planes y programas públicos de investigación científica y técnica o de innovación.
- Artículo 33. Medidas.
- Artículo 34. Convenios.
- Artículo 35. Titularidad y carácter patrimonial de los resultados de la actividad investigadora y del derecho a solicitar los correspondientes títulos y recurrir a mecanismos de…
- Artículo 35 bis. Valorización y transferencia del conocimiento.
- Artículo 36. Aplicación del Derecho privado a los contratos relativos a la promoción y gestión de resultados de la actividad de investigación, desarrollo e innovación.
- Artículo 36 bis. Aplicación del Derecho privado a las transmisiones a terceros de derechos sobre los resultados de la actividad investigadora por Organismos Públicos de Investig…
- Artículo 36 ter. Aplicación del Derecho privado a las transmisiones a terceros de derechos sobre los resultados de la actividad investigadora por organismos de investigación de …
- Artículo 36 quater. Cooperación de los agentes públicos de ejecución con el sector privado a través de la participación en entidades basadas en el conocimiento.
- Artículo 36 quinquies. Mecanismos de evaluación de las actividades de transferencia.
- Artículo 36 sexies. Compra pública de innovación.
- Artículo 37. Ciencia abierta.
- Artículo 38. Cultura científica y tecnológica.
- Artículo 39. Internacionalización del Sistema Español de Ciencia, Tecnología e Innovación.
- Artículo 40. Cooperación al desarrollo.
- Artículo 41. Comisión Delegada del Gobierno para Política Científica, Tecnológica y de Innovación.
- Artículo 42. Plan Estatal de Investigación Científica y Técnica y de Innovación.
- Artículo 43. Plan Estatal de Innovación.
- Artículo 44. Ejes prioritarios del Plan Estatal de Innovación.
- Artículo 45. Agentes de financiación adscritos al Ministerio de Ciencia e Innovación.
- Artículo 46. Agentes de ejecución de la Administración General del Estado.
- Artículo 47. Organismos Públicos de Investigación de la Administración General del Estado.
- Disposición adicional primera. Aplicación de las disposiciones del título II de esta ley a otras entidades.
- Disposición adicional segunda. Estatuto del personal investigador en formación.
- Disposición adicional tercera. Joven empresa innovadora.
- Disposición adicional cuarta. Personal del Sistema Nacional de Salud.
- Disposición adicional quinta. Supresión de escalas de la Agencia Estatal Consejo Superior de Investigaciones Científicas, del Instituto Nacional de Técnica Aeroespacial y de los…
- Disposición adicional sexta. Escalas de los Organismos Públicos de Investigación de la Administración General del Estado.
- Disposición adicional séptima. Régimen retributivo de las escalas científicas y técnicas de los Organismos Públicos de Investigación de la Administración General del Estado.
- Disposición adicional octava. Reorganización de los Organismos Públicos de Investigación de la Administración General del Estado.
- Disposición adicional novena. Protección de datos de carácter personal.
- Disposición adicional décima. Informes de evaluación de solicitudes de ayudas del Plan Estatal de Investigación Científica y Técnica.
- Disposición adicional undécima. Subvenciones y ayudas.
- Disposición adicional duodécima. Autorización legal para la creación de la Agencia Estatal de Investigación.
- Disposición adicional decimotercera. Implantación de la perspectiva de género.
- Disposición adicional decimocuarta. Otros agentes de ejecución del Sistema Español de Ciencia, Tecnología e Innovación pertenecientes al sector público.
- Disposición adicional decimoquinta. Consideración de actividades prioritarias a efectos de la Ley 49/2002, de 23 de diciembre, de régimen fiscal de las entidades sin fines lucra…
- Disposición adicional decimosexta. Personal investigador de los Programas Ramón y Cajal, Miguel Servet, Juan Rodés, y otros programas y subprogramas de ayudas postdoctorales.
- Disposición adicional decimoséptima. Mecanismos para facilitar la participación de entidades, personal o grupos de investigación españoles en los Consorcios de Infraestructuras …
- Disposición adicional decimoctava. Seguridad Social en el contrato predoctoral.
- Disposición adicional decimonovena. Compensación económica por obras de carácter intelectual.
- Disposición adicional vigésima. Regulación de los centros de investigación propios de las Comunidades Autónomas con competencia exclusiva.
- Disposición adicional vigesimoprimera. Regulación de las entidades de investigación compartidas entre el Estado y las Comunidades Autónomas.
- Disposición adicional vigesimosegunda. Aplicación del artículo 18 de esta ley.
- Disposición adicional vigesimotercera. Normas comunes a los contratos para la realización de proyectos y para la ejecución de planes y programas públicos de investigación cientí…
- Disposición adicional vigesimocuarta. Régimen aplicable a los sistemas de Concierto y Convenio.
- Disposición adicional vigesimoquinta. Promoción interna horizontal a las Escalas de Profesores de investigación de Organismos Públicos de Investigación e Investigadores Científi…
- Disposición adicional vigesimosexta. Los centros tecnológicos y centros de apoyo a la innovación tecnológica de ámbito estatal.
- Disposición adicional vigesimoséptima. Régimen jurídico del Instituto de Astrofísica de Canarias.
- Disposición adicional vigesimoctava. Programas de ayudas a la investigación dirigidas al personal de investigación.
- Disposición adicional vigesimonovena. Consideración de los proyectos de investigación, desarrollo e innovación como unidades funcionales.
- Disposición adicional trigésima. Mapa de Infraestructuras Científicas y Técnicas Singulares.
- Disposición adicional trigésima primera. Bancos de pruebas regulatorios del Sistema Español de Ciencia, Tecnología e Innovación.
- Disposición adicional trigésima segunda. Reducción de cargas administrativas en el ámbito científico, tecnológico e investigador.
- Disposición adicional trigésima tercera. Reglas específicas en materia de contribuciones a organismos internacionales en el ámbito de la I+D+I.
- Disposición transitoria primera. Órganos subsistentes.
- Disposición transitoria segunda. Subsistencia del Plan Nacional de Investigación Científica, Desarrollo e Innovación Tecnológica.
- Disposición transitoria tercera. Subsistencia de la Estrategia Nacional de Ciencia y Tecnología.
- Disposición transitoria cuarta. Programas de ayuda a la formación del personal investigador.
- Disposición transitoria quinta. Sistemas de evaluación del desempeño y régimen transitorio retributivo de las escalas científicas de los Organismos Públicos de Investigación de …
- Disposición transitoria sexta. Subsistencia de la Estrategia Estatal de Innovación.
- Disposición derogatoria. Derogación normativa y vigencia de normas.
- Disposición final primera. Modificación de la Ley 53/1984, de 26 de diciembre, de incompatibilidades del personal al servicio de las Administraciones Públicas.
- Disposición final segunda. Modificación de la Ley 11/1986, de 20 de marzo, de patentes de invención y modelos de utilidad.
- Disposición final tercera. Modificación de la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades.
- Disposición final cuarta. Modificación de la Ley 49/2002, de 23 de diciembre, de régimen fiscal de las entidades sin fines lucrativos y de los incentivos fiscales al mecenazgo.
- Disposición final quinta. Modificación de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
- Disposición final sexta. Modificación de la Ley 55/2003, de 16 de diciembre, del Estatuto Marco del personal estatutario de los servicios de salud.
- Disposición final séptima. Modificación de la Ley 29/2006, de 26 de julio, de garantías y uso racional de los medicamentos y los productos sanitarios.
- Disposición final octava. Modificación de la Ley 14/2007, de 3 julio, de investigación biomédica.
- Disposición final novena. Título competencial y carácter de legislación básica.
- Disposición final décima. Desarrollo reglamentario.
- Disposición final undécima. Entrada en vigor.
Normas que la modifican o afectan (18)
Normas a las que afecta (11)
Preguntas frecuentes
- ¿Está en vigor Ley 14/2011?
- Ley 14/2011 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2026-04-20.
- ¿Qué normas modifican o afectan a Ley 14/2011?
- El BOE registra 18 referencias posteriores sobre esta norma (modificaciones, desarrollos, correcciones o derogaciones parciales). En esta página se listan con enlace a cada norma.
- ¿Dónde consultar el texto consolidado actualizado de Ley 14/2011?
- El texto consolidado oficial está disponible en boe.es (enlazado en esta página). En El Vínculo puedes además leerla artículo a artículo, ver versiones anteriores de cada precepto y preguntar a la IA sobre su contenido.