Real Decreto-ley 32/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reforma laboral, la garantía de la estabilidad en el empleo y la transformación del mercado de trabajo.
BOE-A-2021-21788 · Boletín Oficial del Estado, 2021-12-30 · Jefatura del Estado
Real Decreto-ley 32/2021 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2025-12-20.
Resumen
Esta norma regula medidas urgentes para reformar el mercado laboral en España, enfocándose en la reducción de la temporalidad y la mejora de la estabilidad en el empleo. Aplica a todas las empresas y trabajadores desde su entrada en vigor el 29 de diciembre de 2021.
Entre los puntos clave, se establece que el contrato indefinido será la norma general, limitando el uso de contratos temporales a situaciones específicas y justificadas. Además, se moderniza la negociación colectiva, fortaleciendo el papel de los convenios sectoriales frente a los de empresa. También se introduce el "Mecanismo RED", que permite a las empresas solicitar reducciones de jornada o suspensiones de contratos en situaciones de crisis, con un enfoque en la formación y recualificación de los trabajadores afectados. Por último, se implementan medidas para garantizar la igualdad de trato y la no discriminación en el acceso a empleos y condiciones laborales.
Esta norma no está derogada y sigue vigente, buscando transformar el mercado laboral español hacia un modelo más justo y sostenible.
Datos clave
- Rango
- Real Decreto-ley 32/2021
- Fecha de la disposición
- 2021-12-28
- Publicación
- Boletín Oficial del Estado núm. 313, 2021-12-30
- Entrada en vigor
- 2021-12-31
- Departamento
- Jefatura del Estado
- Estado
- Vigente
- Consolidado actualizado
- 2025-12-20
- Artículos
- 30
- Identificador BOE
- BOE-A-2021-21788
- Texto consolidado
- boe.es · ELI
De qué trata esta norma
I
Hablar de reforma laboral en España es evocar un larguísimo proceso de cambios normativos que no han logrado, sin embargo, acabar con los graves problemas de nuestro mercado de trabajo: el desempleo y la temporalidad. La combinación de ambos ha dado lugar a que el trabajo en nuestro país esté especialmente afectado por la precariedad, como inquietante realidad que da lugar a malas condiciones de empleo, priva a nuestro sistema productivo de desplegar toda su capacidad y dificulta una ciudadanía plena en el trabajo.
Índice del articulado
- Artículo primero. Modificación del texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre.
- Artículo segundo. Modificación de la Ley 32/2006, de 18 de octubre, reguladora de la subcontratación en el Sector de la Construcción.
- Artículo tercero. Modificación del texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social, aprobado por el Real Decreto Legislativo 8/2015, de 30 de octubre.
- Artículo cuarto. Modificación de la Ley 30/2015, de 9 de septiembre, por la que se regula el Sistema de Formación Profesional para el empleo en el ámbito laboral.
- Artículo quinto. Modificación del texto refundido de la Ley sobre Infracciones y Sanciones en el Orden Social, aprobado por el Real Decreto Legislativo 5/2000, de 4 de agosto.
- Disposición adicional primera. Medidas de transición profesional en el ámbito del Mecanismo RED de Flexibilidad y Estabilización del Empleo.
- Disposición adicional segunda. Estatuto del Becario.
- Disposición adicional tercera. Expedientes de regulación temporal de empleo por impedimento o por limitaciones a la actividad normalizada vinculadas a la COVID-19.
- Disposición adicional cuarta. Régimen aplicable al personal laboral del sector público.
- Disposición adicional quinta. Contratación en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia y Fondos de la Unión Europea.
- Disposición adicional sexta. Cómputo estadístico de las personas trabajadoras a las que se les aplica la regulación prevista en los artículos 47 y 47 bis del Estatuto de los Tra…
- Disposición adicional séptima. Prórroga de la vigencia del Real Decreto 817/2021, de 28 de septiembre, por el que se fija el salario mínimo interprofesional para 2021.
- Disposición transitoria primera. Régimen transitorio aplicable a los contratos formativos vigentes.
- Disposición transitoria segunda. Régimen transitorio en materia de cotización a la Seguridad Social aplicable a determinados contratos formativos.
- Disposición transitoria tercera. Régimen transitorio aplicable a los contratos de duración determinada celebrados antes del 31 de diciembre de 2021.
- Disposición transitoria cuarta. Régimen transitorio aplicable a los contratos de duración determinada celebrados desde el 31 de diciembre de 2021 hasta el 30 de marzo de 2022.
- Disposición transitoria quinta. Régimen transitorio sobre límites al encadenamiento de contratos.
- Disposición transitoria sexta. Aplicación transitoria de la modificación del artículo 84 del Estatuto de los Trabajadores prevista en esta norma.
- Disposición transitoria séptima. Régimen aplicable a los convenios colectivos denunciados a la fecha de entrada en vigor de este real decreto-ley.
- Disposición transitoria octava. Comunicaciones de la empresa a la entidad gestora para la tramitación y pago de la prestación regulada en la disposición adicional cuadragésima p…
- Disposición transitoria novena. Irretroactividad en materia sancionadora.
- Disposición derogatoria única. Alcance de la derogación normativa.
- Disposición final primera. Modificación de la Ley 14/1994, de 1 de junio, por la que se regulan las empresas de trabajo temporal.
- Disposición final segunda. Modificación del texto refundido de la Ley de Empleo, aprobado por el Real Decreto Legislativo 3/2015, de 23 de octubre.
- Disposición final tercera. Adaptación de referencias normativas.
- Disposición final cuarta. Títulos competenciales.
- Disposición final quinta. Reglamento para la protección de las personas trabajadoras menores, en materia de seguridad y salud.
- Disposición final sexta. Protección por desempleo de las personas trabajadoras fijas-discontinuas.
- Disposición final séptima. Habilitación normativa.
- Disposición final octava. Entrada en vigor.
Normas que la modifican o afectan (6)
| Relación | Norma |
|---|---|
| Se publica acuerdo de convalidación | , por Resolución de 3 de febrero de 2022 |
| Recurso | 2191/2022 |
| Se dicta de conformidad | y se publica el Plan Estratégico de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social 2025-2027: Resolución de 8 de septiembre de 2025 |
| Corrección de errores | en BOE núm. 16 de 19 de enero de 2022 |
| Se modifica | Real Decreto-ley 1/2022, de 18 de enero, por el que se modifican la Ley 9/2012, de 14 de noviembre, de reestructuración y resolución de entidades de crédito;… |
| Se modifica | Ley 3/2023, de 28 de febrero, de Empleo. |
Normas a las que afecta (11)
Normativa relacionada por sector
Preguntas frecuentes
- ¿Está en vigor Real Decreto-ley 32/2021?
- Real Decreto-ley 32/2021 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2025-12-20.
- ¿Qué normas modifican o afectan a Real Decreto-ley 32/2021?
- El BOE registra 6 referencias posteriores sobre esta norma (modificaciones, desarrollos, correcciones o derogaciones parciales). En esta página se listan con enlace a cada norma.
- ¿Dónde consultar el texto consolidado actualizado de Real Decreto-ley 32/2021?
- El texto consolidado oficial está disponible en boe.es (enlazado en esta página). En El Vínculo puedes además leerla artículo a artículo, ver versiones anteriores de cada precepto y preguntar a la IA sobre su contenido.