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Real Decreto-ley Vigente

Disposición transitoria séptima. Régimen aplicable a los convenios colectivos denunciados a la fecha de entrada en vigor de este real decreto-ley.

Disposición transitoria séptima del Real Decreto-ley 32/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reforma laboral, la garantía de la estabilidad en el empleo y la transformación del mercado de trabajo. · BOE-A-2021-21788

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2021-12-31.

Texto consolidado

Los convenios colectivos denunciados a la fecha de entrada en vigor de este real decreto-ley, y en tanto no se adopte un nuevo convenio, mantendrán su vigencia en los términos establecidos en el artículo 86.3 del Estatuto de los Trabajadores en la redacción dada por el presente real decreto-ley.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2021-12-31.

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