Real Decreto-ley 8/2020, de 17 de marzo, de medidas urgentes extraordinarias para hacer frente al impacto económico y social del COVID-19.
BOE-A-2020-3824 · Boletín Oficial del Estado, 2020-03-18 · Jefatura del Estado
Real Decreto-ley 8/2020 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2026-02-06.
Datos clave
- Rango
- Real Decreto-ley 8/2020
- Fecha de la disposición
- 2020-03-17
- Publicación
- Boletín Oficial del Estado núm. 73, 2020-03-18
- Entrada en vigor
- 2020-03-18
- Departamento
- Jefatura del Estado
- Estado
- Vigente
- Consolidado actualizado
- 2026-02-06
- Artículos
- 68
- Identificador BOE
- BOE-A-2020-3824
- Texto consolidado
- boe.es · ELI
De qué trata esta norma
I
La pandemia de COVID-19 está suponiendo una emergencia sanitaria a nivel global. Tal y como declaró la Organización Mundial de la Salud el pasado 11 de marzo, el brote de COVID-19 se ha convertido en la última semana en una pandemia. Inicialmente localizado en la región china de Hubei, en las últimas semanas el brote de COVID-19 se ha propagado rápidamente por todo el mundo.
La crisis sanitaria se está transmitiendo a la economía y a la sociedad a una velocidad inusitada, afectando tanto a la actividad productiva como a la demanda y al bienestar de los ciudadanos. La economía se está viendo afectada por diversos canales, atendiendo a la evolución temporal y geográfica del brote de COVID-19, pudiendo distinguirse algunos factores:
Índice del articulado
- Artículo 1. Concesión de un suplemento de crédito en el Presupuesto del Ministerio de Derechos Sociales y Agenda 2030 para financiar un Fondo Social Extraordinario destinado exc…
- Artículo 2. Distribución del Fondo Social Extraordinario entre las comunidades autónomas y las ciudades autónomas de Ceuta y Melilla.
- Artículo 3. Destino del superávit de las entidades locales correspondiente a 2019 y aplicación en 2020 de la disposición adicional decimosexta del texto refundido de la Ley regu…
- Artículo 4. Garantía de suministro de agua y energía a consumidores vulnerables.
- Artículo 5. Carácter preferente del trabajo a distancia.
- Artículo 6. Plan MECUIDA.
- Artículo 7. Moratoria de deuda hipotecaria.
- Artículo 8. Ámbito de aplicación de la moratoria de deuda hipotecaria.
- Artículo 9. Definición de la situación de vulnerabilidad económica.
- Artículo 10. Fiadores, avalistas e hipotecantes no deudores.
- Artículo 11. Acreditación de las condiciones subjetivas.
- Artículo 12. Solicitud de moratoria.
- Artículo 13. Concesión de la moratoria.
- Artículo 14. Efectos de la moratoria.
- Artículo 15. Inaplicación de intereses moratorios.
- Artículo 16. Consecuencias de la aplicación indebida por el deudor de las medidas para la reestructuración de la deuda hipotecaria inmobiliaria.
- Artículo 16 bis. Régimen de supervisión y sanción.
- Artículo 16 ter. Formalización en escritura pública de la moratoria hipotecaria.
- Artículo 17. Prestación extraordinaria por cese de actividad para los afectados por declaración del estado de alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasiona…
- Artículo 18. Garantía en el mantenimiento de los servicios de comunicaciones electrónicas y la conectividad de banda ancha.
- Artículo 19. Garantía en la prestación del servicio universal de telecomunicaciones.
- Artículo 20. Suspensión de la portabilidad.
- Artículo 21. Interrupción del plazo para la devolución de productos durante vigencia del estado de alarma.
- Artículo 22. Medidas excepcionales en relación con los procedimientos de suspensión de contratos y reducción de jornada por causa de fuerza mayor.
- Artículo 23. Medidas excepcionales en relación con los procedimientos de suspensión y reducción de jornada por causa económica, técnica, organizativa y de producción.
- Artículo 24. Medidas extraordinarias en materia de cotización en relación con los procedimientos de suspensión de contratos y reducción de jornada por fuerza mayor relacionados …
- Artículo 25. Medidas extraordinarias en materia de protección por desempleo en aplicación de los procedimientos referidos en los artículos 22 y 23.
- Artículo 26. Limitación temporal de los efectos de la presentación extemporánea de solicitudes de prestaciones por desempleo.
- Artículo 27. Medidas extraordinarias relativas a la prórroga del subsidio por desempleo y a la declaración anual de rentas.
- Artículo 28. Plazo de duración de las medidas previstas en el Capítulo II.
- Artículo 29. Aprobación de una Línea para la cobertura por cuenta del Estado de la financiación otorgada por entidades financieras a empresas y autónomos.
- Artículo 30. Ampliación del límite de endeudamiento neto del ICO con el fin de aumentar las Líneas ICO de financiación a empresas y autónomos.
- Artículo 31. Línea extraordinaria de cobertura aseguradora.
- Artículo 32. Atribución de competencias para el despacho aduanero.
- Artículo 33. Suspensión de plazos en el ámbito tributario.
- Artículo 34. Medidas en materia de contratación pública para paliar las consecuencias del COVID-19.
- Artículo 35. Medidas financieras dirigidas a los titulares de explotaciones agrarias que hayan suscrito préstamos como consecuencia de la situación de sequía de 2017.
- Artículo 36. Medidas laborales excepcionales en el ámbito de las entidades públicas integrantes del Sistema Español de Ciencia, Tecnología e Innovación.
- Artículo 37. Concesión de créditos extraordinarios en el presupuesto del Ministerio de Ciencia e Innovación en relación con la investigación científica en el ámbito del Coronavi…
- Artículo 38. Reglas relativas a las aportaciones dinerarias efectuadas por el Instituto de Salud Carlos III y el Consejo Superior de Investigaciones Científicas para la investig…
- Artículo 39. Régimen especial de convenios relacionados con el COVID-19.
- Artículo 40. Medidas extraordinarias aplicables a las personas jurídicas de Derecho privado.
- Artículo 41. Medidas extraordinarias aplicables al funcionamiento de los órganos de gobierno de las Sociedades Anónimas Cotizadas.
- Artículo 42. Suspensión del plazo de caducidad de los asientos del registro durante la vigencia del real decreto de declaración del estado de alarma.
- Artículo 43. Plazo del deber de solicitud de concurso.
- Disposición adicional primera. Habilitación de créditos presupuestarios.
- Disposición adicional segunda. Créditos presupuestarios.
- Disposición adicional tercera. Ejercicio de competencias de los órganos y unidades de las entidades gestoras y servicios comunes de la Seguridad Social.
- Disposición adicional cuarta. Prórroga de la vigencia del documento nacional de identidad.
- Disposición adicional quinta. Limitación a la aplicación del Real Decreto 307/2005, de 18 de marzo, por el que se regulan las subvenciones en atención a determinadas necesidades…
- Disposición adicional sexta. Salvaguarda del empleo.
- Disposición adicional séptima. Autorización para el desarrollo de actividades de utilización confinada y liberación voluntaria con organismos modificados genéticamente.
- Disposición adicional octava. Plan ACELERA.
- Disposición adicional novena. No aplicación suspensión plazos administrativos del Real Decreto 463/2020.
- Disposición adicional décima. Especialidades en aplicación del Capítulo II a las empresas concursadas.
- Disposición transitoria primera. Limitación a la aplicación a los expedientes de regulación de empleo.
- Disposición transitoria segunda. Comienzo de la moratoria.
- Disposición transitoria tercera. Aplicación de determinadas medidas del real decreto-ley.
- Disposición final primera. Modificación del texto refundido de la Ley del Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados, aprobado por el Real Decreto…
- Disposición final segunda. Modificación de la Ley 11/2002, de 6 de mayo, reguladora del Centro Nacional de Inteligencia.
- Disposición final tercera. Modificación de la Ley 14/2011, de 1 de junio, de la Ciencia, la Tecnología y la Innovación.
- Disposición final cuarta. Modificación de la Ley 19/2003, de 4 de julio, sobre régimen jurídico de los movimientos de capitales y de las transacciones económicas con el exterior.
- Disposición final quinta. Modificación de la Ley 6/2018, de 3 de julio, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2018.
- Disposición final sexta. Modificación del artículo 16 del Real Decreto-ley 7/2020, de 12 de marzo, por el que se adoptan medidas urgentes para responder al impacto económico del…
- Disposición final séptima. Desarrollo reglamentario y ejecución.
- Disposición final octava. Título competencial.
- Disposición final novena. Entrada en vigor.
- Disposición final décima. Vigencia.
Normas que la modifican o afectan (34)
Normas a las que afecta (10)
Preguntas frecuentes
- ¿Está en vigor Real Decreto-ley 8/2020?
- Real Decreto-ley 8/2020 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2026-02-06.
- ¿Qué normas modifican o afectan a Real Decreto-ley 8/2020?
- El BOE registra 34 referencias posteriores sobre esta norma (modificaciones, desarrollos, correcciones o derogaciones parciales). En esta página se listan con enlace a cada norma.
- ¿Dónde consultar el texto consolidado actualizado de Real Decreto-ley 8/2020?
- El texto consolidado oficial está disponible en boe.es (enlazado en esta página). En El Vínculo puedes además leerla artículo a artículo, ver versiones anteriores de cada precepto y preguntar a la IA sobre su contenido.