Ley 11/2019, de 11 de abril, de promoción y acceso a la vivienda de Extremadura.
BOE-A-2019-7224 · Boletín Oficial del Estado, 2019-05-15 · Comunidad Autónoma de Extremadura
Ley 11/2019 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2025-12-20.
Resumen
La Ley 11/2019, de 11 de abril, regula la promoción y el acceso a la vivienda en la Comunidad Autónoma de Extremadura, estableciendo un marco normativo para garantizar el derecho a una vivienda digna, accesible y adecuada. Esta ley es aplicable a todos los ciudadanos de Extremadura desde su entrada en vigor.
Entre los puntos clave de la norma se encuentran la promoción de viviendas protegidas, que incluye la regulación de precios máximos de venta y alquiler, así como la creación de un impuesto sobre viviendas vacías en manos de grandes tenedores, con el objetivo de reincorporar estas viviendas a la función social. También se establece la obligación de garantizar el acceso a la vivienda para colectivos vulnerables, incluyendo medidas para evitar desahucios y facilitar el realojamiento de familias con menores en riesgo de exclusión. Además, se introducen mecanismos para la protección de los derechos de los consumidores en el acceso a la vivienda, promoviendo la transparencia y la profesionalización del sector inmobiliario.
La ley no ha sido derogada y se encuentra en vigor, contribuyendo a mejorar la calidad de vida de los ciudadanos extremeños y a fomentar un desarrollo urbano sostenible.
Datos clave
- Rango
- Ley 11/2019
- Fecha de la disposición
- 2019-04-11
- Publicación
- Boletín Oficial del Estado núm. 116, 2019-05-15
- Entrada en vigor
- 2019-05-07
- Departamento
- Comunidad Autónoma de Extremadura
- Estado
- Vigente
- Consolidado actualizado
- 2025-12-20
- Artículos
- 173
- Identificador BOE
- BOE-A-2019-7224
- Texto consolidado
- boe.es · ELI
De qué trata esta norma
EL PRESIDENTE DE LA JUNTA DE EXTREMADURA
La Asamblea de Extremadura ha aprobado y yo, en nombre del Rey, de conformidad con lo establecido en el artículo 40.1 del Estatuto de Autonomía, promulgo la siguiente ley.
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
Índice del articulado
- Artículo 1. Objeto.
- Artículo 2. Finalidades, principios rectores y valores a proteger.
- Artículo 3. Ámbito de aplicación.
- Artículo 4. Definiciones y conceptos.
- Artículo 5. Atribuciones de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
- Artículo 6. De las competencias del Consejo de Gobierno de la Junta de Extremadura.
- Artículo 7. De las competencias de la Consejería competente en materia de vivienda y/o calidad en la edificación.
- Artículo 8. Competencias de las Corporaciones Locales.
- Artículo 9. Del deber de colaboración en materia de vivienda.
- Artículo 10. Principios de la intervención pública en materia de vivienda.
- Artículo 11. Principios reguladores de la intervención pública en edificación y en los conjuntos urbanos y rurales existentes.
- Artículo 12. Obligación de presentar la Cédula de Habitabilidad o documento equivalente.
- Artículo 13. Garantías administrativas en edificación, ocupación y uso.
- Artículo 14. Fianza medioambiental.
- Artículo 15. Patrimonio Público del Suelo afecto o proveniente de la promoción pública de viviendas.
- Artículo 16. Reserva de suelo para vivienda protegida.
- Artículo 17. Valoración del suelo acogido al ámbito de protección.
- Artículo 18. Uso habitacional adecuado.
- Artículo 19. Hacinamiento.
- Artículo 20. Detección de la situación de hacinamiento.
- Artículo 21. Infravivienda.
- Arts. 21 bis a 21 novedecies.
- Artículo 21 bis. Naturaleza y objeto.
- Artículo 21 ter. Ámbito territorial de aplicación.
- Artículo 21 quater. Afectación.
- Artículo 21 quinquies. Hecho imponible.
- Artículo 21 sexies. Ocupación de la vivienda.
- Artículo 21 septies. Cómputo del período de desocupación.
- Artículo 21 octies. Causas justificadas de desocupación de una vivienda.
- Artículo 21 nonies. Obligación de comunicación de vivienda vacía.
- Artículo 21 decies. Sujeto pasivo.
- Artículo 21 undecies. Exenciones.
- Artículo 21 duodecies. Base imponible.
- Artículo 21 terdecies. Cuota íntegra y deducciones.
- Artículo 21 quaterdecies. Devengo.
- Artículo 21 quindecies. Autoliquidación.
- Artículo 21 sexdecies. Gestión, recaudación e inspección.
- Artículo 21 septdecies. Infracciones y sanciones.
- Artículo 21 octodecies. Recursos y reclamaciones.
- Artículo 21 novedecies. Compensación y coordinación en materia tributaria.
- Artículo 22. Potestad sancionadora.
- Artículo 23. Potestad de desahucio administrativo.
- Artículo 24. Extinción del contrato de arrendamiento sobre viviendas protegidas de promoción pública.
- Artículo 25. Inspecciones.
- Artículo 26. Clasificación de las viviendas por su grado de protección.
- Artículo 27. Clasificación de las viviendas protegidas según el promotor.
- Artículo 28. Clasificación de las viviendas por el tipo de construcción.
- Artículo 29. Régimen de protección.
- Artículo 30. Acceso a la vivienda protegida.
- Artículo 31. Calificación de vivienda protegida.
- Artículo 32. Visado administrativo del contrato o título.
- Artículo 33. Precios máximos en materia de vivienda protegida.
- Artículo 34. Destino.
- Artículo 35. El derecho de adquisición. Derechos reales de tanteo y retracto.
- Artículo 36. Derecho real de retracto.
- Artículo 37. La transmisión de los derechos reales de tanteo y retracto.
- Artículo 38. Garantías del procedimiento.
- Artículo 39. Principios que han de regir la información.
- Artículo 40. Especificaciones generales sobre el contenido de la oferta de venta o arrendamiento de viviendas.
- Artículo 41. Información de la oferta, promoción y publicidad para la venta de vivienda en el caso de abono de cantidades a cuenta del precio final.
- Artículo 42. Información en la oferta de enajenación de viviendas protegidas de promoción pública.
- Artículo 43. Requisitos previos a la venta de viviendas en proyecto o construcción.
- Artículo 44. Pagos anticipados del precio de compraventa de viviendas en proyecto o construcción.
- Artículo 45. Requisitos previos a la venta de viviendas terminadas de nueva planta u obtenidas por un proceso de rehabilitación.
- Artículo 46. Requisitos de la vivienda.
- Artículo 47. La documentación del contrato de arrendamiento.
- Artículo 48. Arrendamiento de viviendas protegidas.
- Artículo 49. El Libro del Edificio.
- Artículo 50. Agentes que intervienen en la prestación de servicios inmobiliarios. Régimen jurídico.
- Artículo 51. Registro de agentes y agencias inmobiliarios.
- Artículo 52. Obligaciones de los agentes y agencias inmobiliarios.
- Artículo 53. Principios generales.
- Artículo 54. Medidas de fomento.
- Artículo 55. Objeto.
- Artículo 56. Suscripción de Convenios.
- Artículo 57. La reserva de suelo para vivienda protegida.
- Artículo 58. Concepto.
- Artículo 59. Objetivo y modalidades.
- Artículo 60. La cesión.
- Artículo 61. Gestión del patrimonio de viviendas protegidas de promoción pública y administración de las viviendas.
- Artículo 61 bis. Creación y adscripción.
- Artículo 61 ter. Recursos económicos que integran el Fondo de Garantía de Adquisición de Vivienda de Extremadura.
- Artículo 61 quater. Gestión del Fondo de Garantía de Adquisición de Vivienda de Extremadura.
- Artículo 61 quinquies. Régimen presupuestario, económico-financiero, contable y de control del Fondo de Garantía de Adquisición de Vivienda de Extremadura.
- Artículo 62. Actuaciones en el patrimonio edificado existente.
- Artículo 63. Normas de aplicación directa que mejoran la accesibilidad y/o eficiencia energética en edificios de uso residencial.
- Artículo 64. Actuaciones para incrementar el nivel de calidad en la edificación.
- Artículo 65. Instrumentos de planificación para regular la calidad en la edificación de Extremadura.
- Artículo 66. Divulgación de la arquitectura.
- Artículo 67. Premios Extremadura en el ámbito de la arquitectura y del patrimonio construido.
- Artículo 68. Del suelo para urbanizar.
- Artículo 69. Del suelo para edificar.
- Artículo 70. De los edificios para rehabilitar.
- Artículo 71. Régimen jurídico.
- Artículo 72. Ámbito de aplicación.
- Artículo 73. Requisitos de los compradores.
- Artículo 74. Órgano competente y procedimiento.
- Artículo 75. Calificación de las viviendas.
- Artículo 76. Precio.
- Artículo 77. Bonificaciones.
- Artículo 78. Abono del precio.
- Artículo 79. Formalización de la enajenación.
- Artículo 80. Apoyo a la financiación del precio.
- Artículo 81. Régimen de protección y limitaciones.
- Artículo 82. Fase preparatoria.
- Artículo 83. Fase de ejecución.
- Artículo 84. Fase de terminación y recepción de la obra.
- Artículo 85. Disposiciones generales.
- Artículo 86. Requisitos básicos de calidad a los que se ajustará la edificación.
- Artículo 87. Ahorro energético y fomento de materiales y energías autóctonos en el proceso de edificación.
- Artículo 88. Requisitos específicos de calidad exigibles al proceso de edificación de las viviendas.
- Artículo 89. Sujetos responsables.
- Artículo 90. Efectos de la infracción.
- Artículo 91. Clasificación de las infracciones.
- Artículo 92. Infracciones leves.
- Artículo 93. Infracciones graves.
- Artículo 94. Infracciones muy graves.
- Artículo 95. Infracciones leves.
- Artículo 96. Infracciones graves.
- Artículo 97. Infracciones muy graves.
Normas que la modifican o afectan (3)
Normas a las que afecta (4)
Normativa relacionada por sector
Preguntas frecuentes
- ¿Está en vigor Ley 11/2019?
- Ley 11/2019 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2025-12-20.
- ¿Qué normas modifican o afectan a Ley 11/2019?
- El BOE registra 3 referencias posteriores sobre esta norma (modificaciones, desarrollos, correcciones o derogaciones parciales). En esta página se listan con enlace a cada norma.
- ¿Dónde consultar el texto consolidado actualizado de Ley 11/2019?
- El texto consolidado oficial está disponible en boe.es (enlazado en esta página). En El Vínculo puedes además leerla artículo a artículo, ver versiones anteriores de cada precepto y preguntar a la IA sobre su contenido.