Ley 1/1986, de 2 de enero, Electoral de Andalucía.
BOE-A-1986-2788 · Boletín Oficial del Estado, 1986-02-01 · Comunidad Autónoma de Andalucía
Ley 1/1986 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2025-12-17.
Resumen
La Ley 1/1986, de 2 de enero, regula el proceso electoral para la elección del Parlamento de Andalucía, estableciendo el marco jurídico necesario para la convocatoria y celebración de dichas elecciones. Esta norma es aplicable a todos los ciudadanos andaluces con derecho a sufragio desde su entrada en vigor.
Entre los puntos clave de la ley, se destacan: 1) El derecho de sufragio activo para todos los andaluces, con ciertas inelegibilidades y compatibilidades para los candidatos; 2) La creación de la Junta Electoral de Andalucía, encargada de supervisar y garantizar la legalidad del proceso electoral; 3) La regulación de la convocatoria de elecciones mediante un decreto del Presidente de la Junta, que debe ser ampliamente difundido; y 4) La asignación de escaños en función de la población de cada provincia, asegurando una representación proporcional. Además, la ley establece un sistema de subvenciones para los partidos que obtengan representación, así como límites en los gastos electorales. Esta ley no está derogada y sigue vigente en el marco del sistema electoral andaluz.
Datos clave
- Rango
- Ley 1/1986
- Fecha de la disposición
- 1986-01-02
- Publicación
- Boletín Oficial del Estado núm. 28, 1986-02-01
- Entrada en vigor
- 1986-01-15
- Departamento
- Comunidad Autónoma de Andalucía
- Estado
- Vigente
- Consolidado actualizado
- 2025-12-17
- Artículos
- 57
- Identificador BOE
- BOE-A-1986-2788
- Texto consolidado
- boe.es · ELI
De qué trata esta norma
EL PRESIDENTE DE LA JUNTA DE ANDALUCÍA
A todos los que la presente vieren, sabed:
Que el Parlamento de Andalucía ha aprobado y yo, en nombre del Rey y por autoridad que me confieren la Constitución y el Estatuto de Autonomía, promulgo y ordeno la publicación de la siguiente Ley:
Índice del articulado
- Artículo 1.
- Artículo 2.
- Artículo 3.
- Artículo 4.
- Artículo 5.
- Artículo 6.
- Artículo 7.
- Artículo 8.
- Artículo 9.
- Artículo 10.
- Artículo 11.
- Artículo 12.
- Artículo 13.
- Artículo 14.
- Artículo 15.
- Artículo 16.
- Artículo 17.
- Artículo 18.
- Artículo 19.
- Artículo 20.
- Artículo 21.
- Artículo 22.
- Artículo 23.
- Artículo 24.
- Artículo 25.
- Artículo 26.
- Artículo 27.
- Artículo 28.
- Artículo 29.
- Artículo 30.
- Artículo 31.
- Artículo 32.
- Artículo 33.
- Artículo 34.
- Artículo 35.
- Artículo 36.
- Artículo 37.
- Artículo 38.
- Artículo 39.
- Artículo 40.
- Artículo 41.
- Artículo 42.
- Artículo 43.
- Artículo 44.
- Artículo 45.
- Artículo 46.
- Artículo 46 bis.
- Artículo 47.
- Artículo 48.
- Artículo 49.
- Disposición adicional primera.
- Disposición adicional segunda.
- Disposición transitoria primera.
- Disposición transitoria segunda.
- Disposición transitoria tercera.
- Disposición final primera.
- Disposición final segunda.
Normas que la modifican o afectan (9)
Normas a las que afecta (1)
| Relación | Norma |
|---|---|
| De conformidad con | el art. 81 del Estatuto aprobado por Ley Orgánica 6/1981, de 30 de diciembre |
Preguntas frecuentes
- ¿Está en vigor Ley 1/1986?
- Ley 1/1986 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2025-12-17.
- ¿Qué normas modifican o afectan a Ley 1/1986?
- El BOE registra 9 referencias posteriores sobre esta norma (modificaciones, desarrollos, correcciones o derogaciones parciales). En esta página se listan con enlace a cada norma.
- ¿Dónde consultar el texto consolidado actualizado de Ley 1/1986?
- El texto consolidado oficial está disponible en boe.es (enlazado en esta página). En El Vínculo puedes además leerla artículo a artículo, ver versiones anteriores de cada precepto y preguntar a la IA sobre su contenido.