Real Decreto-ley 5/2004, de 27 de agosto, por el que se regula el régimen del comercio de derechos de emisión de gases de efecto invernadero.
BOE-A-2004-15567 · Boletín Oficial del Estado, 2004-08-28 · Jefatura del Estado
Real Decreto-ley 5/2004 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2025-12-18.
Datos clave
- Rango
- Real Decreto-ley 5/2004
- Fecha de la disposición
- 2004-08-27
- Publicación
- Boletín Oficial del Estado núm. 208, 2004-08-28
- Entrada en vigor
- 2004-08-29
- Departamento
- Jefatura del Estado
- Estado
- Vigente
- Consolidado actualizado
- 2025-12-18
- Artículos
- 49
- Identificador BOE
- BOE-A-2004-15567
- Texto consolidado
- boe.es · ELI
De qué trata esta norma
I
La Directiva 2003/87/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 13 de octubre de 2003, por la que se establece un régimen para el comercio de derechos de emisión de gases de efecto invernadero en la Comunidad y por la que se modifica la Directiva 96/61/CE, constituye, dentro del Programa Europeo de Cambio Climático, la iniciativa más relevante de la Unión Europea (UE) para lograr que la Comunidad y sus Estados miembros puedan cumplir el compromiso de reducción de emisiones de gases de efecto invernadero, que asumieron al ratificar el Protocolo de Kioto en la Convención Marco de Naciones Unidas sobre el Cambio Climático, el 30 de mayo de 2002.
Índice del articulado
- Artículo 1. Objeto y ámbito de aplicación.
- Artículo 2. Definiciones.
- Artículo 3. Comisión de coordinación de políticas de cambio climático.
- Artículo 4. Instalaciones sometidas a autorización de emisión.
- Artículo 5. Solicitud de autorización de emisión.
- Artículo 6. Cambios en la instalación.
- Artículo 7. Extinción de la autorización.
- Artículo 8. Comunicaciones al Registro nacional de derechos de emisión.
- Artículo 9. Requisitos de la agrupación de instalaciones.
- Artículo 10. Contenido de la autorización.
- Artículo 11. Solicitud de autorización de agrupación de instalaciones.
- Artículo 12. Procedimiento.
- Artículo 13. Obligaciones del administrador fiduciario.
- Artículo 14. Naturaleza y contenido del Plan nacional de asignación.
- Artículo 15. Vigencia del Plan nacional de asignación.
- Artículo 16. Método de asignación.
- Artículo 17. Criterios de asignación.
- Artículo 18. Reserva para nuevos entrantes.
- Artículo 19. Asignación individualizada de derechos de emisión.
- Artículo 20. Naturaleza jurídica de los derechos de emisión.
- Artículo 21. Transmisión de los derechos de emisión.
- Artículo 22. Remisión de información.
- Artículo 23. Valoración del informe verificado.
- Artículo 24. Suspensión de las operaciones de transmisión de derechos de emisión.
- Artículo 25. El Registro nacional de derechos de emisión.
- Artículo 26. Expedición de derechos de emisión.
- Artículo 27. Entrega y cancelación de derechos de emisión.
- Artículo 28. Relación del Registro nacional con el administrador central.
- Artículo 29. Tipificación de las infracciones.
- Artículo 30. Sanciones.
- Artículo 31. Responsabilidad del administrador fiduciario.
- Artículo 32. Graduación de las sanciones.
- Artículo 33. Concurrencia de sanciones.
- Artículo 34. Medidas de carácter provisional.
- Artículo 35. Potestad sancionadora.
- Disposición adicional primera. Incorporación de la autorización de emisión de gases de efecto invernadero a la autorización ambiental integrada.
- Disposición adicional segunda. Autoridad nacional de los mecanismos basados en proyectos del Protocolo de Kioto.
- Disposición adicional tercera. Proyectos de desarrollo limpio y de aplicación conjunta.
- Disposición transitoria primera. Plan nacional de asignación de derechos de emisión 2005-2007.
- Disposición transitoria segunda. Instalaciones existentes a la entrada en vigor de este real decreto ley.
- Disposición transitoria tercera. Ampliación o entrada en funcionamiento de instalaciones durante el período de vigencia del Plan nacional de asignación 2005-2007.
- Disposición transitoria cuarta. Exclusión temporal.
- Disposición transitoria quinta. Agrupaciones de instalaciones en el período 2005-2007.
- Disposición transitoria sexta. Asignación de derechos adicionales por causa de fuerza mayor.
- Disposición transitoria séptima. Cuantía de las multas durante el período 2005-2007.
- Disposición final primera. Modificación de la Ley 16/2002, de 1 de julio, de prevención y control integrados de la contaminación.
- Disposición final segunda. Títulos competenciales.
- Disposición final tercera. Desarrollo reglamentario.
- Disposición final cuarta. Entrada en vigor.
Normas que la modifican o afectan (2)
| Relación | Norma |
|---|---|
| Se publica acuerdo de convalidación | , por Resolución de 16 de septiembre de 2004 |
| Se dicta de conformidad | , aprobando el plan nacional de derechos de emisión 2005/2007: Real Decreto 1866/2004, de 6 de septiembre |
Normas a las que afecta (2)
| Relación | Norma |
|---|---|
| Transpone | la Directiva 2003/87/CE, de 13 de octubre |
| Modifica | Ley 16/2002, de 1 de julio, de Prevención y Control Integrados de la Contaminación. |
Preguntas frecuentes
- ¿Está en vigor Real Decreto-ley 5/2004?
- Real Decreto-ley 5/2004 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2025-12-18.
- ¿Qué normas modifican o afectan a Real Decreto-ley 5/2004?
- El BOE registra 2 referencias posteriores sobre esta norma (modificaciones, desarrollos, correcciones o derogaciones parciales). En esta página se listan con enlace a cada norma.
- ¿Dónde consultar el texto consolidado actualizado de Real Decreto-ley 5/2004?
- El texto consolidado oficial está disponible en boe.es (enlazado en esta página). En El Vínculo puedes además leerla artículo a artículo, ver versiones anteriores de cada precepto y preguntar a la IA sobre su contenido.