Real Decreto 967/2014, de 21 de noviembre, por el que se establecen los requisitos y el procedimiento para la homologación y declaración de equivalencia a titulación y a nivel académico universitario oficial y para la convalidación de estudios extranjeros de educación superior, y el procedimiento para determinar la correspondencia a los niveles del marco español de cualificaciones para la educación superior de los títulos oficiales de Arquitecto, Ingeniero, Licenciado, Arquitecto Técnico, Ingeniero Técnico y Diplomado.
BOE-A-2014-12098 · Boletín Oficial del Estado, 2014-11-22 · Ministerio de Educación, Cultura y Deporte
Real Decreto 967/2014 está derogada desde el 2022-11-08: ya no está en vigor.
Datos clave
- Rango
- Real Decreto 967/2014
- Fecha de la disposición
- 2014-11-21
- Publicación
- Boletín Oficial del Estado núm. 283, 2014-11-22
- Entrada en vigor
- 2014-11-23
- Departamento
- Ministerio de Educación, Cultura y Deporte
- Estado
- Derogada
- Fecha de derogación
- 2022-11-08
- Consolidado actualizado
- 2025-12-19
- Artículos
- 42
- Identificador BOE
- BOE-A-2014-12098
- Texto consolidado
- boe.es · ELI
De qué trata esta norma
I
El artículo 149.1.30.ª de la Constitución atribuye la regulación de las condiciones de obtención, expedición y homologación de títulos académicos y profesionales a la competencia exclusiva del Estado.
Índice del articulado
- Artículo 1. Objeto.
- Artículo 2. Ámbito de aplicación.
- Artículo 3. Exclusiones.
- Artículo 4. Definiciones.
- Artículo 5. Efectos de la homologación y de la equivalencia a titulación y a nivel académico universitario oficial.
- Artículo 6. Supuestos.
- Artículo 7. Requisitos de los títulos universitarios extranjeros.
- Artículo 8. Iniciación del procedimiento.
- Artículo 9. Instrucción del procedimiento.
- Artículo 10. Criterios para la homologación, la equivalencia a titulación y a nivel académico.
- Artículo 11. Examen e informe técnico.
- Artículo 12. Excepciones a la necesidad de solicitud de informe.
- Artículo 13. Resolución.
- Artículo 14. Plazos.
- Artículo 15. Credenciales y certificados de equivalencia.
- Artículo 16. Requisitos formativos complementarios.
- Artículo 17. Competencia y criterios de convalidación.
- Artículo 18. Estudios extranjeros objeto de convalidación.
- Artículo 19. Inicio.
- Artículo 20. Instrucción.
- Artículo 21. Informes.
- Artículo 22. Elaboración de los informes de la Agencia Nacional de Evaluación de la Calidad y de la Acreditación.
- Artículo 23. Información pública.
- Artículo 24. Resolución, efectos, publicación e inscripción en el Registro de Universidades, Centros y Títulos.
- Artículo 25. Plazo para resolver y notificar la resolución del procedimiento.
- Artículo 26. Publicidad de la resolución del procedimiento administrativo.
- Artículo 27. Expedición de certificados.
- Disposición adicional primera. Informes técnicos de la Agencia Nacional de Evaluación de la Calidad y Acreditación (ANECA).
- Disposición adicional segunda. Especialidades en Ciencias de la Salud.
- Disposición adicional tercera. Reconocimiento profesional.
- Disposición adicional cuarta. Anexos I y II referentes a los procedimientos de homologación y de declaración de equivalencia.
- Disposición adicional quinta. Equivalencia al nivel académico de Doctor.
- Disposición adicional sexta. Tasas.
- Disposición adicional séptima. Régimen jurídico y recursos.
- Disposición adicional octava. Titulación para el ingreso en las Administraciones Públicas.
- Disposición transitoria primera. Régimen transitorio de los procedimientos.
- Disposición transitoria segunda. Régimen transitorio para la superación de requisitos formativos complementarios.
- Disposición derogatoria única. Derogación normativa.
- Disposición final primera. Modificación del Real Decreto 1393/2007, de 29 de octubre, por el que se establece la ordenación de las enseñanzas universitarias oficiales.
- Disposición final segunda. Título competencial.
- Disposición final tercera. Desarrollo normativo.
- Disposición final cuarta. Entrada en vigor.
Normas que la modifican o afectan (3)
Normas a las que afecta (4)
Preguntas frecuentes
- ¿Está en vigor Real Decreto 967/2014?
- Real Decreto 967/2014 está derogada desde el 2022-11-08: ya no está en vigor.
- ¿Qué normas modifican o afectan a Real Decreto 967/2014?
- El BOE registra 3 referencias posteriores sobre esta norma (modificaciones, desarrollos, correcciones o derogaciones parciales). En esta página se listan con enlace a cada norma.
- ¿Dónde consultar el texto consolidado actualizado de Real Decreto 967/2014?
- El texto consolidado oficial está disponible en boe.es (enlazado en esta página). En El Vínculo puedes además leerla artículo a artículo, ver versiones anteriores de cada precepto y preguntar a la IA sobre su contenido.