Real Decreto 928/1998, de 14 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento general sobre procedimientos para la imposición de sanciones por infracciones de orden social y para los expedientes liquidatorios de cuotas de la Seguridad Social.
BOE-A-1998-12816 · Boletín Oficial del Estado, 1998-06-03 · Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales
Real Decreto 928/1998 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2025-12-18.
Datos clave
- Rango
- Real Decreto 928/1998
- Fecha de la disposición
- 1998-05-14
- Publicación
- Boletín Oficial del Estado núm. 132, 1998-06-03
- Entrada en vigor
- 1998-06-04
- Departamento
- Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales
- Estado
- Vigente
- Consolidado actualizado
- 2025-12-18
- Artículos
- 58
- Identificador BOE
- BOE-A-1998-12816
- Texto consolidado
- boe.es · ELI
De qué trata esta norma
La Ley 42/1997, de 14 de noviembre, ordenadora de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social, en su disposición adicional cuarta, determina los principios rectores del procedimiento sancionador por infracciones en el orden social y de liquidación de cuotas de la Seguridad Social. Su disposición final única autoriza al Gobierno para dictar las disposiciones necesarias para el desarrollo y aplicación de dicha Ley.
Índice del articulado
- Artículo único. Aprobación del Reglamento.
- Disposición adicional única. Asunción de competencias.
- Disposición transitoria única. Expedientes en tramitación y atribución de competencias.
- Disposición derogatoria única. Derogación normativa.
- Disposición final única. Entrada en vigor y facultades normativas.
- Artículo 1. Objeto, forma de iniciación y tramitación de los procedimientos.
- Artículo 2. Necesidad de expediente previo.
- Artículo 3. Sujetos responsables.
- Artículo 4. Atribución de competencias sancionadoras.
- Artículo 5. Concurrencia de sanciones con el orden jurisdiccional penal.
- Artículo 6. Iniciación del procedimiento de oficio ante el orden jurisdiccional social.
- Artículo 7. Prescripción y cosa resuelta.
- Artículo 8. Objeto de la actividad inspectora previa.
- Artículo 9. Formas de iniciación.
- Artículo 10. Colaboración y coordinación de órganos y autoridades administrativas.
- Artículo 11. Medidas a adoptar por el personal inspector.
- Artículo 12. Extensión de actas de infracción y de liquidación.
- Artículo 13. Iniciación del procedimiento sancionador.
- Artículo 14. Contenido de las actas de infracción.
- Artículo 15. Valor probatorio de las actas de los funcionarios de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social.
- Artículo 16. Acumulación.
- Artículo 17. Notificación de las actas de infracción, alegaciones y conformidad del sujeto responsable.
- Artículo 18. Tramitación e instrucción del expediente.
- Artículo 18 bis. Tramitación e instrucción del expediente sancionador en el ámbito de la Administración General del Estado.
- Artículo 19. Procedimiento de oficio ante el orden jurisdiccional social, derivado de comunicaciones de la autoridad laboral.
- Artículo 20. Resolución.
- Artículo 21. Notificación de la resolución.
- Artículo 22. Del cómputo de los términos y plazos.
- Artículo 23. Recurso de alzada.
- Artículo 24. Ejecución.
- Artículo 25. Recaudación del importe de las sanciones.
- Artículo 26. Suspensión de actividades o cierre de centro de trabajo.
- Artículo 27. Recargo de prestaciones en caso de accidente de trabajo o enfermedad profesional por falta de medidas de seguridad.
- Artículo 28. Medidas cautelares sobre entidades colaboradoras en la gestión del sistema de la Seguridad Social.
- Artículo 29. Procedimiento administrativo para la tramitación de expedientes liquidatorios por deudas a la Seguridad Social.
- Artículo 30. Propuestas de liquidación.
- Artículo 31. Actas de liquidación de cuotas.
- Artículo 32. Requisitos de las actas de liquidación.
- Artículo 33. Notificación y resolución de las actas de liquidación.
- Artículo 34. Actas de liquidación concurrentes con actas de infracción por los mismos hechos.
- Artículo 35. Requerimientos de pago de cuotas.
- Artículo 36. Deudas con la Seguridad Social o con los sistemas públicos de protección social constitutivas de presunto delito.
- Artículo 37. Competencia para sancionar infracciones de los solicitantes o beneficiarios de prestaciones del Sistema de Seguridad Social.
- Artículo 37 bis. Procedimiento para la imposición de sanciones leves y graves a los solicitantes o beneficiarios de prestaciones del Sistema de Seguridad Social.
- Artículo 38. Procedimiento de suspensión cautelar y de imposición de sanciones por infracciones muy graves a los solicitantes o beneficiarios de prestaciones del Sistema de Segu…
- Artículo 38 bis. Procedimiento para la imposición de sanciones a los trabajadores autónomos solicitantes o beneficiarios de la prestación por cese de actividad.
- Artículo 39. Actuaciones comprobatorias de los funcionarios técnicos en prevención de riesgos laborales e inicio del procedimiento sancionador.
- Artículo 40. Naturaleza y contenido del acta de infracción.
- Artículo 41. Valor probatorio de las actas de infracción extendidas como consecuencia de informes emitidos por funcionarios técnicos habilitados.
- Artículo 42. Tramitación e instrucción de este tipo de expedientes sancionadores.
- Artículo 43. Disposiciones generales relativas a la actuación administrativa automatizada.
- Artículo 44. Procedimiento promovido por actuación administrativa automatizada.
- Artículo 45. Contenido de las actas de infracción.
- Artículo 46. Notificación de las actas de infracción y alegaciones.
- Artículo 47. Tramitación, instrucción y terminación de los procedimientos sancionadores.
- Artículo 48. Normas supletorias.
- Disposición adicional única. Actas de infracción o liquidación de gran volumen.
- Información relacionada
Normas que la modifican o afectan (18)
Normas a las que afecta (18)
Normativa relacionada por sector
Preguntas frecuentes
- ¿Está en vigor Real Decreto 928/1998?
- Real Decreto 928/1998 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2025-12-18.
- ¿Qué normas modifican o afectan a Real Decreto 928/1998?
- El BOE registra 18 referencias posteriores sobre esta norma (modificaciones, desarrollos, correcciones o derogaciones parciales). En esta página se listan con enlace a cada norma.
- ¿Dónde consultar el texto consolidado actualizado de Real Decreto 928/1998?
- El texto consolidado oficial está disponible en boe.es (enlazado en esta página). En El Vínculo puedes además leerla artículo a artículo, ver versiones anteriores de cada precepto y preguntar a la IA sobre su contenido.