Disposición adicional única. Actas de infracción o liquidación de gran volumen.
Disposición adicional única del Real Decreto 928/1998, de 14 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento general sobre procedimientos para la imposición de sanciones por infracciones de orden social y para los expedientes liquidatorios de cuotas de la Seguridad Social. · BOE-A-1998-12816
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2024-03-06.
Texto consolidado
Las actas de infracción o liquidación de gran volumen podrán ir precedidas de un extracto que contendrá un código alfanumérico unidireccional que será único y que, junto con la firma electrónica del extracto, garantizarán la identidad del firmante o firmantes y la integridad y autenticidad del acta.
Téngase en cuenta que esta disposición, añadida por el art. 1.3 del Real Decreto 1011/2023, de 5 de diciembre, Ref. BOE-A-2023-24844#ap, entra en vigor el 6 de marzo de 2024, según establece su disposición final 2.
Se añade, con efectos de 6 de marzo de 2024, por el art. 1.3 del Real Decreto 1011/2023, de 5 de diciembre. Ref. BOE-A-2023-24844#ap
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