Real Decreto-ley 5/2013, de 15 de marzo, de medidas para favorecer la continuidad de la vida laboral de los trabajadores de mayor edad y promover el envejecimiento activo.
BOE-A-2013-2874 · Boletín Oficial del Estado, 2013-03-16 · Jefatura del Estado
Real Decreto-ley 5/2013 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2025-12-19.
Resumen
Esta norma regula medidas para favorecer la continuidad laboral de los trabajadores mayores de edad y promover el envejecimiento activo en España. Se aplica a todos los regímenes del sistema de Seguridad Social, salvo el de clases pasivas, y está en vigor desde el 16 de marzo de 2013.
Entre los puntos clave, establece que los trabajadores que accedan a la jubilación a la edad legal pueden compatibilizar su pensión con un trabajo, percibiendo el 50% de la misma, lo que busca incentivar su permanencia en el mercado laboral. También se modifica la regulación de la jubilación anticipada y parcial, permitiendo un acceso más flexible y adaptado a las circunstancias laborales. Además, se introducen aportaciones económicas que las empresas deben realizar al despido de trabajadores mayores de 50 años, si se cumplen ciertas condiciones, para desincentivar la discriminación por edad en los despidos.
Cabe destacar que esta norma ha sido objeto de modificaciones y algunas disposiciones han sido derogadas posteriormente, por lo que es importante consultar la normativa actualizada para conocer su estado vigente.
Datos clave
- Rango
- Real Decreto-ley 5/2013
- Fecha de la disposición
- 2013-03-15
- Publicación
- Boletín Oficial del Estado núm. 65, 2013-03-16
- Entrada en vigor
- 2013-03-17
- Departamento
- Jefatura del Estado
- Estado
- Vigente
- Consolidado actualizado
- 2025-12-19
- Artículos
- 33
- Identificador BOE
- BOE-A-2013-2874
- Texto consolidado
- boe.es · ELI
De qué trata esta norma
I
Los sistemas de pensiones de los países de la Unión Europea se enfrentan a importantes desafíos en el medio plazo derivados de fenómenos demográficos. Las bajas tasas de natalidad y el alargamiento de la esperanza de vida exigen la adaptación de estos sistemas para asegurar su viabilidad en el largo plazo y mantener unas pensiones adecuadas para el bienestar de los ciudadanos de más edad.
España no es una excepción, y el sistema de Seguridad Social debe hacerse cargo del pago de un número creciente de pensiones de jubilación, por un importe medio que es superior a las que sustituyen, y que deben abonarse en un periodo cada vez más largo, gracias a los progresos en la esperanza de vida.
Índice del articulado
- Artículo 1. Ámbito de aplicación.
- Artículo 2. Requisitos.
- Artículo 3. Cuantía de la pensión.
- Artículo 4. Cotización.
- Artículo 5. Cuantía de la pensión de jubilación en los supuestos de anticipación en el acceso a la misma.
- Artículo 6. Modificación de la jubilación anticipada.
- Artículo 7. Modificación de la jubilación parcial.
- Artículo 8. Normas transitorias en materia de pensión de jubilación.
- Artículo 9. Contrato a tiempo parcial y contrato de relevo.
- Artículo 10. Régimen de aportaciones económicas por despidos.
- Disposición adicional primera. Mantenimiento del empleo durante la percepción de la pensión de jubilación compatible con el trabajo.
- Disposición adicional segunda. Nuevo régimen de compatibilidad de la pensión de jubilación o retiro de Clases Pasivas.
- Disposición adicional tercera. Aplicación del nuevo régimen de compatibilidad de la pensión de jubilación o retiro de Clases Pasivas.
- Disposición adicional cuarta. Colaboración de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social en relación con la jubilación anticipada.
- Disposición adicional quinta. Informe sobre la Recomendación 16.ª del Pacto de Toledo.
- Disposición adicional sexta. Actuación de la Comisión Consultiva Nacional de Convenios Colectivos en el ámbito de las Comunidades Autónomas.
- Disposición adicional séptima. Informe previo de las entidades, participadas mayoritariamente o apoyadas financieramente por el Fondo de Reestructuración Ordenada Bancaria, y de…
- Disposición adicional octava. Políticas activas de empleo para mayores de 55 años.
- Disposición adicional novena. Creación de un comité de expertos para el estudio del Factor de Sostenibilidad del Sistema de la Seguridad Social.
- Disposición transitoria única. Subsidio por desempleo para mayores de 55 años.
- Disposición derogatoria única. Derogación normativa.
- Disposición final primera. Modificación del texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social, aprobado por el Real Decreto Legislativo 1/1994, de 20 de junio.
- Disposición final segunda. Modificación del Real Decreto-ley 29/2012, de 28 de diciembre, de mejora de gestión y protección social en el Sistema Especial para Empleados de Hogar…
- Disposición final tercera. Modificación del texto refundido de la Ley sobre Infracciones y Sanciones en el Orden Social, aprobado por el Real Decreto Legislativo 5/2000, de 4 de…
- Disposición final cuarta. Modificación del Real Decreto 1493/2011, de 24 de octubre, por el que se regulan los términos y las condiciones de inclusión en el Régimen General de l…
- Disposición final quinta. Modificación del Real Decreto 1716/2012, de 28 de diciembre, de desarrollo de las disposiciones establecidas, en materia de prestaciones, por la Ley 27…
- Disposición final sexta. Modificación del Reglamento General sobre procedimientos para la imposición de sanciones por infracciones de orden social y para los expedientes liquida…
- Disposición final séptima. Modificación del Real Decreto 1484/2012, de 29 de octubre, sobre las aportaciones económicas a realizar por las empresas con beneficios que realicen d…
- Disposición final octava. Modificación del Real Decreto 1483/2012, de 29 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento de los procedimientos de despido colectivo y de suspensi…
- Disposición final novena. Modificación de disposiciones reglamentarias.
- Disposición final décima. Título competencial.
- Disposición final undécima. Facultades de desarrollo.
- Disposición final duodécima. Entrada en vigor.
Normas que la modifican o afectan (5)
Normas a las que afecta (12)
Preguntas frecuentes
- ¿Está en vigor Real Decreto-ley 5/2013?
- Real Decreto-ley 5/2013 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2025-12-19.
- ¿Qué normas modifican o afectan a Real Decreto-ley 5/2013?
- El BOE registra 5 referencias posteriores sobre esta norma (modificaciones, desarrollos, correcciones o derogaciones parciales). En esta página se listan con enlace a cada norma.
- ¿Dónde consultar el texto consolidado actualizado de Real Decreto-ley 5/2013?
- El texto consolidado oficial está disponible en boe.es (enlazado en esta página). En El Vínculo puedes además leerla artículo a artículo, ver versiones anteriores de cada precepto y preguntar a la IA sobre su contenido.