Real Decreto 1541/2011, de 31 de octubre, por el que se desarrolla la Ley 32/2010, de 5 de agosto, por la que se establece un sistema específico de protección por cese de actividad de los trabajadores autónomos.
BOE-A-2011-17173 · Boletín Oficial del Estado, 2011-11-01 · Ministerio de Trabajo e Inmigración
Real Decreto 1541/2011 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2025-12-19.
Datos clave
- Rango
- Real Decreto 1541/2011
- Fecha de la disposición
- 2011-10-31
- Publicación
- Boletín Oficial del Estado núm. 263, 2011-11-01
- Entrada en vigor
- 2011-11-02
- Departamento
- Ministerio de Trabajo e Inmigración
- Estado
- Vigente
- Consolidado actualizado
- 2025-12-19
- Artículos
- 43
- Identificador BOE
- BOE-A-2011-17173
- Texto consolidado
- boe.es · ELI
De qué trata esta norma
La Ley 20/2007, de 11 de julio, del Estatuto del Trabajo Autónomo, define el trabajo autónomo, establece el conjunto de los derechos individuales y colectivos de los trabajadores autónomos, regula la figura del trabajador autónomo económicamente dependiente, contempla las actuaciones de fomento del empleo autónomo y mejora el nivel de protección social para el trabajador autónomo, tendiendo a la equiparación con el que disfrutan los trabajadores por cuenta ajena.
Índice del articulado
- Artículo 1. Objeto.
- Artículo 2. Requisitos para el nacimiento del derecho a la protección.
- Artículo 3. Situación legal de cese de actividad. Reglas especiales.
- Artículo 4. Acreditación de la situación legal de cese de actividad por motivos económicos, técnicos, productivos u organizativos.
- Artículo 5. Acreditación de la situación legal de cese de actividad por fuerza mayor.
- Artículo 6. Acreditación de la situación legal de cese de actividad por pérdida de licencia administrativa.
- Artículo 7. Acreditación de la situación legal de cese de actividad en los casos de violencia de género.
- Artículo 8. Acreditación de la situación legal de cese de actividad por divorcio o acuerdo de separación matrimonial.
- Artículo 9. Acreditación de la situación legal de cese de actividad en los trabajadores autónomos económicamente dependientes.
- Artículo 10. Acreditación de la situación legal de cese de actividad por los trabajadores autónomos que ejercen su actividad profesional conjuntamente, por los socios trabajador…
- Artículo 11. Solicitud y nacimiento del derecho a la protección por cese de actividad.
- Artículo 12. Duración de la prestación económica.
- Artículo 13. Cuantía de la prestación económica por cese de actividad.
- Artículo 14. Abono de la cotización de Seguridad Social durante la percepción de la prestación por cese de actividad.
- Artículo 15. Suspensión y reanudación del derecho a la protección.
- Artículo 16. Opción y reapertura del derecho a la protección por cese de actividad.
- Artículo 17. Cese de actividad, incapacidad temporal, maternidad y paternidad.
- Artículo 18. Financiación de la protección por cese de actividad.
- Artículo 19. Régimen financiero.
- Artículo 20. Pago de la prestación y cotización a Seguridad Social.
- Artículo 21. Reservas y excedentes.
- Artículo 22. Viabilidad financiera del sistema de protección por cese de actividad.
- Artículo 23. Órganos gestores de las medidas de formación, orientación profesional, y promoción de la actividad emprendedoras.
- Artículo 24. Libramientos a las Comunidades Autónomas.
- Artículo 25. Justificación y documentación a remitir por las Comunidades Autónomas al Servicio Público de Empleo Estatal.
- Artículo 26. Remanentes.
- Artículo 27. Colaboración entre los órganos gestores y con otras entidades.
- Artículo 28. Órganos gestores de la protección por cese de actividad.
- Artículo 29. Obligación de cumplimiento del compromiso de actividad y de inscripción en los Servicios Públicos de Empleo.
- Artículo 30. Infracciones.
- Artículo 31. Reintegro de prestaciones indebidamente percibidas.
- Artículo 32. Aplicación a presupuestos.
- Disposición adicional primera. Documentación adicional.
- Disposición adicional segunda. Desarrollo de la competencia sancionadora.
- Disposición adicional tercera. Modificación del Reglamento General sobre procedimientos para la imposición de sanciones por infracciones en el orden social para los expedientes …
- Disposición adicional cuarta. Pago único de la prestación por cese de actividad.
- Disposición adicional quinta. Trabajadores por cuenta propia agrarios.
- Disposición adicional sexta. Ámbito subjetivo de protección por cese de actividad.
- Disposición adicional séptima. Justificación y documentación a remitir por las Comunidades Autónomas sin órgano fiscalizador.
- Disposición transitoria única. Gastos de administración imputables por las Mutuas.
- Disposición final primera. Título competencial.
- Disposición final segunda. Ejecución y desarrollo.
- Disposición final tercera. Entrada en vigor.
Normas que la modifican o afectan (1)
Normas a las que afecta (3)
Preguntas frecuentes
- ¿Está en vigor Real Decreto 1541/2011?
- Real Decreto 1541/2011 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2025-12-19.
- ¿Qué normas modifican o afectan a Real Decreto 1541/2011?
- El BOE registra 1 referencia posteriores sobre esta norma (modificaciones, desarrollos, correcciones o derogaciones parciales). En esta página se listan con enlace a cada norma.
- ¿Dónde consultar el texto consolidado actualizado de Real Decreto 1541/2011?
- El texto consolidado oficial está disponible en boe.es (enlazado en esta página). En El Vínculo puedes además leerla artículo a artículo, ver versiones anteriores de cada precepto y preguntar a la IA sobre su contenido.