Real Decreto 798/1986, de 21 de marzo, de desarrollo parcial de la Ley 31/1985, de 2 de agosto, de Regulación de las Normas Básicas sobre Organos Rectores de las Cajas de Ahorros.
BOE-A-1986-10229 · Boletín Oficial del Estado, 1986-04-25 · Ministerio de Economía y Hacienda
Real Decreto 798/1986 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2025-12-17.
Datos clave
- Rango
- Real Decreto 798/1986
- Fecha de la disposición
- 1986-03-21
- Publicación
- Boletín Oficial del Estado núm. 99, 1986-04-25
- Entrada en vigor
- 1986-04-26
- Departamento
- Ministerio de Economía y Hacienda
- Estado
- Vigente
- Consolidado actualizado
- 2025-12-17
- Artículos
- 43
- Identificador BOE
- BOE-A-1986-10229
- Texto consolidado
- boe.es · ELI
De qué trata esta norma
La Ley 31/1985, de 2 de agosto, de Regulación de las Normas Básicas sobre Organos Rectores de las Cajas de Ahorros, establece la obligación de que las Cajas de Ahorros y la Confederación Española de Cajas de Ahorros procedan, en el plazo de seis meses a contar desde el desarrollo legislativo por las Comunidades Autónomas de las normas básicas de la Ley y, en todo caso, dentro del término de los. diez meses desde la publicación de ésta, a la adaptación de sus Estatutos y Reglamentos a las disposiciones que en la misma se contienen y faculta, por otra parte, al Gobierno para adoptar las medidas y dictar las disposiciones que sean necesarias para su desarrollo.
Por todo ello, deben dictarse dichas disposiciones como complemento de la regulación sobre órganos rectores y para aquellos supuestos en que las Comunidades Autónomas no llegaran a efectuar el desarrollo legislativo.
Índice del articulado
- Art. 1. Objeto.
- Art. 2. Criterios inspiradores.
- Art. 3. Número de miembros de los órganos de gobierno:
- Art. 4. Aplicación de los porcentajes.
- Art. 5. Consejeros generales representantes de las Corporaciones Municipales:
- Art. 6. Consejeros generales representantes de los impositores:
- Art. 7. Determinación del movimiento o saldo medio de las cuentas:
- Art. 8. Consejeros generales representantes de personas o Entidades fundadoras:
- Art. 9. Asignación parcial de su porcentaje de representación por las personas o Entidades fundadoras.
- Art. 10. Consejeros generales representantes del personal.
- Art. 11. Singularidad de la representación.
- Art. 12. Designación de los representantes de Corporaciones Locales y Entidades.
- Art. 13. Empleados en activo de otros intermediarios financieros.
- Art. 14. Acceso a la Asamblea General, por el grupo de Corporaciones Locales, de los empleados de las Cajas de Ahorros.
- Art. 15. Formalidades de los sorteos y elecciones.
- Art. 16. Reelección de los Consejeros generales:
- Art. 17. Renovación por mitades de la Asamblea General y del Consejo de Administración:
- Art. 18. Mandato y reelección:
- Art. 19. Asambleas Generales.
- Art. 20. Voto de calidad de los Presidentes.
- Art. 21. Incapacidad para ostentar los cargos de compromisario o Consejero general.
- Art. 22. Composición del Consejo de Administración.
- Art. 23. Nombramiento de los Vocales del Consejo de Administración y de la Comisión de Control.
- Art. 24. Vocales no consejeros generales.
- Art. 25. Comunicación al Ministerio o Comunidad Autónoma.
- Art. 26. Comisión Ejecutiva.
- Art. 27. Suspensión de acuerdos del Consejo de Administración.
- Art. 28. Comisión de Control.
- Art. 29. Comisión Electoral.
- Art. 30. Director general.
- Art. 31. Dietas y sueldos.
- Art. 32. Reglamentos.
- Art. 33. Cajas de Ahorros de nueva creación.
- Art. 34. Fusión de Cajas de Ahorros:
- Art. 35. Órganos de gobierno de Cajas fusionadas:
- Art. 36. Fusiones por absorción.
- Disposición transitoria primera.
- Disposición transitoria segunda.
- Disposición final primera.
- Disposición final segunda.
- Disposición final tercera.
- Disposición final cuarta.
- Disposición derogatoria.
Normas que la modifican o afectan (3)
| Relación | Norma |
|---|---|
| Corrección de erratas | en BOE núm. 133, de 4 de junio de 1986 |
| Corrección de erratas | en BOE núm. 144, de 17 de junio de 1986 |
| Se deroga | el art. 8.1, el párrafo segundo de los arts. 22 y 28 y se modifica el art. 5.1, por Real Decreto 596/1988, de 27 de mayo |
Normas a las que afecta (3)
Preguntas frecuentes
- ¿Está en vigor Real Decreto 798/1986?
- Real Decreto 798/1986 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2025-12-17.
- ¿Qué normas modifican o afectan a Real Decreto 798/1986?
- El BOE registra 3 referencias posteriores sobre esta norma (modificaciones, desarrollos, correcciones o derogaciones parciales). En esta página se listan con enlace a cada norma.
- ¿Dónde consultar el texto consolidado actualizado de Real Decreto 798/1986?
- El texto consolidado oficial está disponible en boe.es (enlazado en esta página). En El Vínculo puedes además leerla artículo a artículo, ver versiones anteriores de cada precepto y preguntar a la IA sobre su contenido.