Art. 36. Fusiones por absorción.
Art 36 del Real Decreto 798/1986, de 21 de marzo, de desarrollo parcial de la Ley 31/1985, de 2 de agosto, de Regulación de las Normas Básicas sobre Organos Rectores de las Cajas de Ahorros. · BOE-A-1986-10229
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1986-04-26.
Texto consolidado
En el caso de fusiones por absorción, quedarán disueltos los órganos de gobierno de la Caja absorbida y la administración, gestión, representación y control de la Entidad corresponderá a los de la Caja de Ahorros absorbente.