Art. 2. Criterios inspiradores.
Art 2 del Real Decreto 798/1986, de 21 de marzo, de desarrollo parcial de la Ley 31/1985, de 2 de agosto, de Regulación de las Normas Básicas sobre Organos Rectores de las Cajas de Ahorros. · BOE-A-1986-10229
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1986-04-26.
Texto consolidado
Los principales criterios que inspirarán la redacción de los Estatutos y Reglamentos serán:
1° Territorialidad para obtener una representación adecuada de las Corporaciones Municipales e. impositores:
2.° Profesionalidad para mantener la capacidad de ahorro y la eficacia del servicio a' la economía nacional.
3.° Transparencia de los diferentes procesos electorales para la elección de los órganos de gobierno, quedando debidamente garantizada a través de la posible interposición de las correspondientes impugnaciones y ,u resolución, intervención de Notario y participación de la Comisión de Control.
4.° Democratización a través de la presencia en todos los órganos de gobierno de los grupos que representan los Intereses sociales y colectivos.