Real Decreto 2725/1998, de 18 de diciembre, de Integración de las Direcciones Provinciales de Trabajo, Seguridad Social y Asuntos Sociales en las Delegaciones de Gobierno.
BOE-A-1999-645 · Boletín Oficial del Estado, 1999-01-12 · Ministerio de Administraciones Públicas
Real Decreto 2725/1998 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2025-12-18.
Resumen
Esta norma regula la integración de las Direcciones Provinciales de Trabajo, Seguridad Social y Asuntos Sociales en las Delegaciones del Gobierno en España, con efecto a partir del 1 de marzo de 1999. Aplica a todas las Comunidades Autónomas y a las Ciudades de Ceuta y Melilla.
Los puntos clave de este Real Decreto son: 1) La supresión de las Direcciones Provinciales mencionadas, que serán reemplazadas por áreas funcionales de Trabajo y Asuntos Sociales dentro de las Delegaciones del Gobierno. 2) Los Delegados del Gobierno asumirán competencias en materia de informes, resoluciones y sanciones, así como la gestión de reclamaciones por salarios de tramitación en juicios por despido. 3) Se establece un régimen competencial y organizativo para los servicios integrados, que incluye la creación de dependencias provinciales en Comunidades Autónomas pluriprovinciales. 4) Se prevén mecanismos para la incorporación de recursos humanos y materiales necesarios para llevar a cabo esta integración.
Este Real Decreto no está derogado y sigue en vigor, aunque establece la derogación de ciertas disposiciones anteriores que contradigan su contenido.
Datos clave
- Rango
- Real Decreto 2725/1998
- Fecha de la disposición
- 1998-12-18
- Publicación
- Boletín Oficial del Estado núm. 10, 1999-01-12
- Entrada en vigor
- 1999-01-13
- Departamento
- Ministerio de Administraciones Públicas
- Estado
- Vigente
- Consolidado actualizado
- 2025-12-18
- Artículos
- 17
- Identificador BOE
- BOE-A-1999-645
- Texto consolidado
- boe.es · ELI
De qué trata esta norma
La disposición final primera del Real Decreto 1330/1997, de 1 de agosto, de Integración de Servicios Periféricos y de Estructura de las Delegaciones del Gobierno estableció que en 1998 se integrarían en las citadas Delegaciones los servicios que se determinaran de las Direcciones Provinciales de Trabajo, Seguridad Social y Asuntos Sociales, suprimiéndose, en consecuencia, dichas Direcciones Provinciales.
El presente Real Decreto da cumplimiento a esta previsión, lo que permitirá seguir avanzando en la implantación del nuevo modelo de Administración periférica establecido en la Ley 6/1997, de 14 de abril, de Organización y Funcionamiento de la Administración General del Estado.
Índice del articulado
- Artículo 1. Integración de las Direcciones Provinciales de Trabajo, Seguridad Social y Asuntos Sociales.
- Artículo 2. Áreas funcionales de Trabajo y Asuntos Sociales.
- Artículo 3. Dependencias provinciales de las áreas de Trabajo y Asuntos Sociales.
- Artículo 4. Competencias de los Delegados del Gobierno.
- Artículo 5. Competencias de los titulares de otros órganos.
- Artículo 6. Recursos humanos, materiales y presupuestarios de los servicios integrados.
- Artículo 7. Régimen de los servicios integrados.
- Disposición adicional primera. Servicios periféricos del Fondo de Garantía Salarial.
- Disposición adicional segunda. Creación de servicios integrados de ámbito provincial.
- Disposición adicional tercera. Órganos colegiados.
- Disposición adicional cuarta. Oficinas de información.
- Disposición transitoria primera. La Dirección Provincial de Trabajo, Seguridad Social y Asuntos Sociales de Asturias.
- Disposición transitoria segunda. Órganos y puestos de trabajo afectados por la reestructuración.
- Disposición transitoria tercera. Gestión de personal.
- Disposición derogatoria única. Derogación normativa.
- Disposición final primera. Modificaciones presupuestarias.
- Disposición final segunda. Desarrollo y entrada en vigor.
Normas que la modifican o afectan (1)
Normas a las que afecta (3)
Normativa relacionada por sector
Preguntas frecuentes
- ¿Está en vigor Real Decreto 2725/1998?
- Real Decreto 2725/1998 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2025-12-18.
- ¿Qué normas modifican o afectan a Real Decreto 2725/1998?
- El BOE registra 1 referencia posteriores sobre esta norma (modificaciones, desarrollos, correcciones o derogaciones parciales). En esta página se listan con enlace a cada norma.
- ¿Dónde consultar el texto consolidado actualizado de Real Decreto 2725/1998?
- El texto consolidado oficial está disponible en boe.es (enlazado en esta página). En El Vínculo puedes además leerla artículo a artículo, ver versiones anteriores de cada precepto y preguntar a la IA sobre su contenido.