Disposición transitoria primera. La Dirección Provincial de Trabajo, Seguridad Social y Asuntos Sociales de Asturias.
Disposición transitoria primera del Real Decreto 2725/1998, de 18 de diciembre, de Integración de las Direcciones Provinciales de Trabajo, Seguridad Social y Asuntos Sociales en las Delegaciones de Gobierno. · BOE-A-1999-645
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1999-01-13.
Texto consolidado
Sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 1 de este Real Decreto, la Dirección Provincial de Trabajo, Seguridad Social y Asuntos Sociales de Asturias mantendrá las actuales competencias hasta tanto se produzcan las transferencias en materia socio-laboral a esta Comunidad Autónoma, en cuyo momento se producirá la integración de las unidades que correspondan en la Delegación del Gobierno.
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