Real Decreto 250/2025, de 25 de marzo, por el que se aprueba el Plan Técnico Nacional de la Televisión Digital Terrestre y se regulan determinadas medidas de impulso de la evolución tecnológica de la televisión digital terrestre.
BOE-A-2025-6004 · Boletín Oficial del Estado, 2025-03-26 · Ministerio para la Transformación Digital y de la Función Pública
Real Decreto 250/2025 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2025-12-20.
Resumen
El Real Decreto 250/2025 regula el Plan Técnico Nacional de la Televisión Digital Terrestre (TDT) y establece medidas para impulsar la evolución tecnológica de este servicio en España. Esta norma es aplicable a todos los operadores de televisión digital terrestre y entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el BOE.
Entre los puntos clave, se establece que todas las emisiones de TDT deben ser en alta definición (HD) desde el 14 de febrero de 2024, y se prevé la evolución hacia la tecnología de transmisión DVB-T2, que permitirá una mayor eficiencia en el uso del espectro radioeléctrico y la posibilidad de emitir en ultra alta definición (UHD). Además, se garantiza la continuidad de la oferta actual de canales y se reservan capacidades para que todos los canales puedan evolucionar a UHD. También se exige que los nuevos aparatos receptores de TDT sean compatibles con estas tecnologías y que se informe adecuadamente a los usuarios sobre las capacidades de los dispositivos.
Este Real Decreto deroga partes del anterior Real Decreto 391/2019, que regulaba aspectos similares de la TDT.
Datos clave
- Rango
- Real Decreto 250/2025
- Fecha de la disposición
- 2025-03-25
- Publicación
- Boletín Oficial del Estado núm. 73, 2025-03-26
- Entrada en vigor
- 2025-03-27
- Departamento
- Ministerio para la Transformación Digital y de la Función Pública
- Estado
- Vigente
- Consolidado actualizado
- 2025-12-20
- Artículos
- 32
- Identificador BOE
- BOE-A-2025-6004
- Texto consolidado
- boe.es · ELI
De qué trata esta norma
I
El artículo 86 de la Ley 11/2022, de 28 de junio, General de Telecomunicaciones, establece que corresponde al Gobierno la aprobación de los planes técnicos nacionales de radiodifusión y televisión, en el marco de la competencia exclusiva del Estado para la planificación, gestión y control del dominio público radioeléctrico reconocida en el artículo 149.1.21.ª de la Constitución Española.
Índice del articulado
- Artículo 1. Aprobación del Plan Técnico Nacional de la Televisión Digital Terrestre.
- Artículo 2. Definiciones.
- Artículo 3. Explotación de los múltiples digitales de la televisión digital terrestre de cobertura estatal y autonómica.
- Artículo 4. Utilización de canales radioeléctricos en los múltiples digitales.
- Artículo 5. Número de canales de televisión en cada múltiple digital.
- Artículo 6. Regulación del proceso para la evolución tecnológica de la TDT a la tecnología de transmisión DVB-T2.
- Artículo 7. Fase 1. Distribución de los múltiples digitales de ámbito estatal y actuaciones a realizar.
- Artículo 8. Fase 2. Condiciones e indicadores para su ejecución.
- Artículo 9. Características de los aparatos receptores de televisión digital terrestre.
- Artículo 10. Especificaciones técnicas de las emisiones de televisión digital terrestre en alta definición.
- Artículo 11. Especificaciones técnicas de las emisiones de televisión digital terrestre en ultra alta definición.
- Disposición adicional primera. Autorización para resolver sobre ajustes y adaptaciones técnicas.
- Disposición adicional segunda. Parámetros de información de servicio de la televisión digital terrestre.
- Disposición adicional tercera. Información al usuario de los servicios de televisión digital terrestre en ultra alta definición.
- Disposición adicional cuarta. Emisiones técnicas experimentales de televisión digital terrestre.
- Disposición transitoria primera. Utilización temporal de la capacidad asignada en los múltiples digitales.
- Disposición transitoria segunda. Número de canales de televisión en los múltiples digitales RGE1, MPE2 y MPE3 durante la fase 1.
- Disposición transitoria tercera. Modificaciones de los títulos habilitantes otorgados para la prestación del servicio de televisión digital terrestre.
- Disposición transitoria cuarta. Modificaciones en los títulos habilitantes otorgados para el uso del dominio público radioeléctrico.
- Disposición transitoria quinta. Emisiones simultáneas en ultra alta definición en la capacidad de transmisión de los múltiples digitales.
- Disposición transitoria sexta. Adaptación tecnológica de los aparatos receptores de televisión digital terrestre.
- Disposición transitoria séptima. Evolución tecnológica a la tecnología de transmisión DVB-T2.
- Disposición derogatoria única. Derogación normativa.
- Disposición final primera. Modificación del Reglamento regulador de las infraestructuras comunes de telecomunicaciones para el acceso a los servicios de telecomunicación en el i…
- Disposición final segunda. Título competencial.
- Disposición final tercera. Desarrollo reglamentario y aplicación.
- Disposición final cuarta. Entrada en vigor.
- Artículo 1. Banda de frecuencias.
- Artículo 2. Múltiples digitales.
- Artículo 3. Especificaciones técnicas de los transmisores.
- Artículo 4. Características técnicas de las estaciones.
- Artículo 5. Coordinación internacional.
Normas que la modifican o afectan (1)
| Relación | Norma |
|---|---|
| Corrección de errores | en BOE núm. 112, de 9 de mayo de 2025 |
Normas a las que afecta (3)
Preguntas frecuentes
- ¿Está en vigor Real Decreto 250/2025?
- Real Decreto 250/2025 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2025-12-20.
- ¿Qué normas modifican o afectan a Real Decreto 250/2025?
- El BOE registra 1 referencia posteriores sobre esta norma (modificaciones, desarrollos, correcciones o derogaciones parciales). En esta página se listan con enlace a cada norma.
- ¿Dónde consultar el texto consolidado actualizado de Real Decreto 250/2025?
- El texto consolidado oficial está disponible en boe.es (enlazado en esta página). En El Vínculo puedes además leerla artículo a artículo, ver versiones anteriores de cada precepto y preguntar a la IA sobre su contenido.