Ley 11/2022, de 28 de junio, General de Telecomunicaciones.
BOE-A-2022-10757 · Boletín Oficial del Estado, 2022-06-29 · Jefatura del Estado
Ley 11/2022 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2025-12-30.
Datos clave
- Rango
- Ley 11/2022
- Fecha de la disposición
- 2022-06-28
- Publicación
- Boletín Oficial del Estado núm. 155, 2022-06-29
- Entrada en vigor
- 2022-06-30
- Departamento
- Jefatura del Estado
- Estado
- Vigente
- Consolidado actualizado
- 2025-12-30
- Artículos
- 158
- Identificador BOE
- BOE-A-2022-10757
- Texto consolidado
- boe.es · ELI
De qué trata esta norma
FELIPE VI
REY DE ESPAÑA
A todos los que la presente vieren y entendieren.
Índice del articulado
- Artículo 1. Objeto y ámbito de aplicación.
- Artículo 2. Las telecomunicaciones como servicios de interés general.
- Artículo 3. Objetivos y principios de la ley.
- Artículo 4. Servicios de telecomunicaciones para la seguridad nacional, la defensa nacional, la seguridad pública, la seguridad vial y la protección civil.
- Artículo 5. Régimen de libre competencia.
- Artículo 6. Requisitos exigibles para el suministro de las redes y la prestación de los servicios de comunicaciones electrónicas.
- Artículo 7. Registro de operadores.
- Artículo 8. Condiciones para el suministro de redes y prestación de servicios de comunicaciones electrónicas.
- Artículo 9. Obligaciones de suministro de información.
- Artículo 10. Normas técnicas.
- Artículo 11. Derechos derivados de la notificación.
- Artículo 12. Obligaciones derivadas de la notificación.
- Artículo 13. Suministro de redes públicas y prestación de servicios de comunicaciones electrónicas en régimen de prestación a terceros por las Administraciones públicas.
- Artículo 14. Principios generales aplicables al acceso a las redes y recursos asociados y a su interconexión.
- Artículo 15. Definición de mercados de referencia.
- Artículo 16. Análisis de los mercados de referencia.
- Artículo 17. Procedimiento para la imposición de obligaciones específicas.
- Artículo 18. Obligaciones específicas aplicables a los operadores con peso significativo en mercados de referencia.
- Artículo 19. Compromisos de acceso o coinversión ofrecidos por el operador.
- Artículo 20. Compromisos de coinversión en redes de muy alta capacidad.
- Artículo 21. Operadores exclusivamente mayoristas.
- Artículo 22. Migración desde una infraestructura heredada.
- Artículo 23. Tarifas de terminación de llamadas de voz.
- Artículo 24. Obligaciones en mercados minoristas.
- Artículo 25. Separación funcional obligatoria.
- Artículo 26. Separación funcional voluntaria.
- Artículo 27. Obligaciones específicas adicionales a la separación funcional.
- Artículo 28. Resolución de conflictos en el mercado español.
- Artículo 29. Resolución de conflictos transfronterizos.
- Artículo 30. Principios generales.
- Artículo 31. Planes nacionales de numeración.
- Artículo 32. Acceso a números o servicios.
- Artículo 33. Conservación de los números por los usuarios finales y fomento de la provisión inalámbrica para facilitar el cambio de operador.
- Artículo 34. Números armonizados para los servicios armonizados europeos de valor social.
- Artículo 35. Delimitación de las obligaciones de servicio público.
- Artículo 36. Categorías de obligaciones de servicio público.
- Artículo 37. Concepto y ámbito de aplicación.
- Artículo 38. Asequibilidad del servicio universal.
- Artículo 39. Accesibilidad del servicio universal.
- Artículo 40. Designación de los operadores encargados de la prestación del servicio universal.
- Artículo 41. Control del gasto.
- Artículo 42. Coste y financiación del servicio universal.
- Artículo 43. Otras obligaciones de servicio público.
- Artículo 44. Derecho de ocupación de la propiedad privada.
- Artículo 45. Derecho de ocupación del dominio público.
- Artículo 46. Ubicación compartida y uso compartido de la propiedad pública o privada.
- Artículo 47. Otras servidumbres y limitaciones a la propiedad.
- Artículo 48. Estudios geográficos.
- Artículo 49. Colaboración entre Administraciones públicas en la instalación o explotación de las redes públicas de comunicaciones electrónicas.
- Artículo 50. Mecanismos de colaboración entre el Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital y las Administraciones públicas para la instalación y explotación de l…
- Artículo 51. Previsión de infraestructuras de comunicaciones electrónicas en proyectos de urbanización y en obras civiles financiadas con recursos públicos.
- Artículo 52. Acceso a las infraestructuras susceptibles de alojar redes públicas de comunicaciones electrónicas.
- Artículo 53. Coordinación de obras civiles.
- Artículo 54. Acceso o uso de las redes de comunicaciones electrónicas titularidad de los órganos o entes gestores de infraestructuras de transporte de competencia estatal.
- Artículo 55. Infraestructuras comunes y redes de comunicaciones electrónicas en los edificios.
- Artículo 56. Salvaguardia de derechos fundamentales.
- Artículo 57. Principio de no discriminación.
- Artículo 58. Secreto de las comunicaciones.
- Artículo 59. Interceptación de las comunicaciones electrónicas por los servicios técnicos.
- Artículo 60. Protección de los datos de carácter personal.
- Artículo 61. Conservación y cesión de datos relativos a las comunicaciones electrónicas y a las redes públicas de comunicaciones.
- Artículo 62. Cifrado en las redes y servicios de comunicaciones electrónicas.
- Artículo 63. Integridad y seguridad de las redes y de los servicios de comunicaciones electrónicas.
- Artículo 64. Derechos de los usuarios finales y consumidores de servicios de comunicaciones electrónicas.
- Artículo 65. Derechos específicos de los usuarios finales y consumidores de redes y servicios de comunicaciones electrónicas disponibles al público.
- Artículo 66. Derecho a la protección de datos personales y la privacidad en relación con las comunicaciones no solicitadas, con los datos de tráfico y de localización y con las …
- Artículo 67. Contratos.
- Artículo 68. Transparencia, comparación de ofertas y publicación de información.
- Artículo 69. Calidad de servicio.
- Artículo 70. Cambio de operador y conservación de los números por los usuarios finales.
- Artículo 71. Contratos empaquetados.
- Artículo 72. Guías de abonados y servicios de información sobre números de abonado.
- Artículo 73. Regulación de las condiciones básicas de acceso por personas con discapacidad.
- Artículo 74. Comunicaciones de emergencia y número de emergencia 112.
- Artículo 75. Sistemas de alertas públicas.
- Artículo 76. Acceso abierto a internet.
- Artículo 77. Itinerancia en la Unión Europea y comunicaciones intracomunitarias reguladas.
- Artículo 78. Resolución de controversias.
- Artículo 79. Normalización técnica.
- Artículo 80. Requisitos esenciales y evaluación de conformidad de equipos de telecomunicación.
- Artículo 81. Reconocimiento mutuo.
- Artículo 82. Importación, comercialización, puesta en servicio y uso de equipos de telecomunicación.
- Artículo 83. Vigilancia del mercado de equipos de telecomunicación.
- Artículo 84. Condiciones que deben cumplir las instalaciones e instaladores.
- Artículo 85. De la administración del dominio público radioeléctrico.
- Artículo 86. Facultades del Gobierno para la administración del dominio público radioeléctrico.
- Artículo 87. Coordinación transfronteriza del espectro radioeléctrico.
- Artículo 88. Títulos habilitantes para el uso del dominio público radioeléctrico.
- Artículo 89. Títulos habilitantes otorgados mediante un procedimiento de licitación.
- Artículo 90. Competencia efectiva en la asignación y uso del dominio público radioeléctrico.
- Artículo 91. Condiciones asociadas a los títulos habilitantes para el uso del dominio público radioeléctrico.
- Artículo 92. Uso compartido.
- Artículo 93. Neutralidad tecnológica y de servicios en el uso del dominio público radioeléctrico.
- Artículo 94. Duración de los títulos habilitantes para el uso del dominio público radioeléctrico.
- Artículo 95. Modificación, extinción y revocación de los títulos habilitantes para el uso del dominio público radioeléctrico.
- Artículo 96. Protección activa del dominio público radioeléctrico.
- Artículo 97. Mercado secundario en el dominio público radioeléctrico.
- Artículo 98. Competencias de la Administración General del Estado y de sus organismos públicos.
- Artículo 99. Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital.
- Artículo 100. La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia.
- Artículo 101. Tasas en materia de telecomunicaciones.
- Artículo 102. Funciones inspectoras.
- Artículo 103. Facultades de inspección.
- Artículo 104. Responsabilidad por las infracciones en materia de telecomunicaciones.
- Artículo 105. Clasificación de las infracciones.
- Artículo 106. Infracciones muy graves.
- Artículo 107. Infracciones graves.
- Artículo 108. Infracciones leves.
- Artículo 109. Sanciones.
- Artículo 110. Criterios para la determinación de la cuantía de la sanción.
- Artículo 111. Medidas previas al procedimiento sancionador.
- Artículo 112. Medidas cautelares en el procedimiento sancionador.
- Artículo 113. Prescripción.
- Artículo 114. Competencias y procedimiento sancionador.
- Disposición adicional primera. Significado de los términos empleados por esta ley.
- Disposición adicional segunda. Limitaciones y servidumbres.
- Disposición adicional tercera. Aplicación de la legislación reguladora de las infraestructuras comunes en los edificios.
- Disposición adicional cuarta. Información confidencial.
- Disposición adicional quinta. Referencia a servicios de comunicaciones electrónicas en otras normas.
- Disposición adicional sexta. Multas coercitivas.
Normas que la modifican o afectan (4)
Normas a las que afecta (9)
Normativa relacionada por sector
Preguntas frecuentes
- ¿Está en vigor Ley 11/2022?
- Ley 11/2022 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2025-12-30.
- ¿Qué normas modifican o afectan a Ley 11/2022?
- El BOE registra 4 referencias posteriores sobre esta norma (modificaciones, desarrollos, correcciones o derogaciones parciales). En esta página se listan con enlace a cada norma.
- ¿Dónde consultar el texto consolidado actualizado de Ley 11/2022?
- El texto consolidado oficial está disponible en boe.es (enlazado en esta página). En El Vínculo puedes además leerla artículo a artículo, ver versiones anteriores de cada precepto y preguntar a la IA sobre su contenido.