Real Decreto 346/2011, de 11 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento regulador de las infraestructuras comunes de telecomunicaciones para el acceso a los servicios de telecomunicación en el interior de las edificaciones.
BOE-A-2011-5834 · Boletín Oficial del Estado, 2011-04-01 · Ministerio de Industria, Turismo y Comercio
Real Decreto 346/2011 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2025-12-19.
Resumen
El Real Decreto 346/2011 regula las infraestructuras comunes de telecomunicaciones en edificaciones para garantizar el acceso a servicios de telecomunicación. Esta norma aplica a todos los edificios y conjuntos inmobiliarios, tanto de nueva construcción como existentes, que estén bajo el régimen de propiedad horizontal o que sean arrendados por más de un año.
Entre los puntos clave, establece que los propietarios son responsables del mantenimiento de la infraestructura común y deben facilitar el acceso a los servicios de telecomunicaciones. Los operadores de telecomunicaciones deben utilizar estas infraestructuras y garantizar la calidad del servicio. Además, se promueve la adaptación de las instalaciones existentes para soportar nuevas tecnologías, como la fibra óptica, y se exige la presentación de proyectos técnicos que cumplan con las normativas establecidas. También se establece un régimen sancionador para el incumplimiento de estas obligaciones.
Este Real Decreto deroga el anterior Reglamento 401/2003, de 4 de abril, sobre infraestructuras comunes de telecomunicaciones.
Datos clave
- Rango
- Real Decreto 346/2011
- Fecha de la disposición
- 2011-03-11
- Publicación
- Boletín Oficial del Estado núm. 78, 2011-04-01
- Entrada en vigor
- 2011-04-02
- Departamento
- Ministerio de Industria, Turismo y Comercio
- Estado
- Vigente
- Consolidado actualizado
- 2025-12-19
- Artículos
- 25
- Identificador BOE
- BOE-A-2011-5834
- Texto consolidado
- boe.es · ELI
De qué trata esta norma
El Real Decreto-ley 1/1998, de 27 de febrero, sobre infraestructuras comunes en los edificios para el acceso a los servicios de telecomunicación, estableció un nuevo régimen jurídico en la materia que, desde la perspectiva de la libre competencia, permite dotar a los edificios de instalaciones suficientes para atender los servicios de televisión, telefonía y telecomunicaciones por cable, y posibilita la planificación de dichas infraestructuras de forma que faciliten su adaptación a los servicios de implantación futura. La disposición final primera de dicho real decreto-ley autoriza al Gobierno para dictar cuantas disposiciones sean necesarias para su desarrollo y aplicación.
Índice del articulado
- Artículo único. Aprobación del Reglamento regulador de las infraestructuras comunes de telecomunicaciones para el acceso a los servicios de telecomunicación en el interior de la…
- Disposición adicional primera. Competencias de las comunidades autónomas.
- Disposición adicional segunda. Soluciones técnicas diferentes.
- Disposición transitoria primera. Proyecto técnico.
- Disposición transitoria segunda. Requisitos técnicos relativos a las infraestructuras comunes de telecomunicaciones para la conexión a una red digital de servicios integrados (R…
- Disposición transitoria tercera. Comprobación del cumplimiento de requisitos por parte de las entidades de verificación de proyectos de ICT.
- Disposición derogatoria única. Derogación normativa.
- Disposición final primera. Título competencial.
- Disposición final segunda. Habilitación para el desarrollo reglamentario y para la modificación de los anexos.
- Disposición final tercera. Entrada en vigor.
- Artículo 1. Objeto.
- Artículo 2. Definiciones.
- Artículo 3. Ámbito de aplicación.
- Artículo 4. Normativa técnica aplicable.
- Artículo 5. Obligaciones y facultades de los operadores y de la propiedad.
- Artículo 6. Adaptación de instalaciones existentes y realización de instalaciones individuales.
- Artículo 7. Continuidad de los servicios.
- Artículo 8. Consulta e intercambio de información entre el proyectista de la ICT y los diferentes operadores de telecomunicación.
- Artículo 9. Proyecto técnico.
- Artículo 10. Ejecución del proyecto técnico.
- Artículo 11. Equipos y materiales utilizados para configurar las instalaciones.
- Artículo 12. Colaboración con la Administración.
- Artículo 13. Conservación de la ICT e inspección técnica de las edificaciones.
- Artículo 14. Hogar digital.
- Artículo 15. Régimen sancionador.
Normas que la modifican o afectan (9)
Normas a las que afecta (3)
Normativa relacionada por sector
Preguntas frecuentes
- ¿Está en vigor Real Decreto 346/2011?
- Real Decreto 346/2011 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2025-12-19.
- ¿Qué normas modifican o afectan a Real Decreto 346/2011?
- El BOE registra 9 referencias posteriores sobre esta norma (modificaciones, desarrollos, correcciones o derogaciones parciales). En esta página se listan con enlace a cada norma.
- ¿Dónde consultar el texto consolidado actualizado de Real Decreto 346/2011?
- El texto consolidado oficial está disponible en boe.es (enlazado en esta página). En El Vínculo puedes además leerla artículo a artículo, ver versiones anteriores de cada precepto y preguntar a la IA sobre su contenido.