Real Decreto 391/2019, de 21 de junio, por el que se aprueba el Plan Técnico Nacional de la Televisión Digital Terrestre y se regulan determinados aspectos para la liberación del segundo dividendo digital.
BOE-A-2019-9513 · Boletín Oficial del Estado, 2019-06-25 · Ministerio de Economía y Empresa
Real Decreto 391/2019 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2025-12-20.
Datos clave
- Rango
- Real Decreto 391/2019
- Fecha de la disposición
- 2019-06-21
- Publicación
- Boletín Oficial del Estado núm. 151, 2019-06-25
- Entrada en vigor
- 2019-06-26
- Departamento
- Ministerio de Economía y Empresa
- Estado
- Vigente
- Consolidado actualizado
- 2025-12-20
- Artículos
- 45
- Identificador BOE
- BOE-A-2019-9513
- Texto consolidado
- boe.es · ELI
De qué trata esta norma
El artículo 61 de la Ley 9/2014, de 9 de mayo, General de Telecomunicaciones, establece que corresponde al Gobierno la aprobación de los planes técnicos nacionales de radiodifusión y televisión, en el marco de la competencia exclusiva del Estado para la planificación, gestión y control del dominio público radioeléctrico reconocida en el artículo 149.1.21.ª de la Constitución Española.
Índice del articulado
- Artículo 1. Aprobación del Plan técnico nacional de la televisión digital terrestre.
- Artículo 2. Explotación de los múltiples de la televisión digital terrestre de cobertura estatal y autonómica.
- Artículo 3. Utilización de canales radioeléctricos en los múltiples digitales.
- Artículo 4. Regulación del proceso de liberación de la banda de frecuencias 694 MHz a 790 MHz por la Corporación de Radio y Televisión Española.
- Artículo 5. Regulación del proceso de liberación de la banda de frecuencias 694 MHz a 790 MHz por los titulares de licencias del servicio de comunicación audiovisual televisiva …
- Artículo 6. Regulación del proceso de liberación de la banda de frecuencias 694 MHz a 790 MHz por el servicio de televisión digital terrestre de cobertura autonómica.
- Artículo 7. Número de canales de televisión en cada múltiple digital y emisión en alta definición.
- Artículo 8. Características de los aparatos receptores de televisión digital terrestre.
- Artículo 9. Especificaciones técnicas de las emisiones de televisión digital terrestre en alta definición.
- Artículo 10. Especificaciones técnicas de las emisiones de televisión digital terrestre en ultraalta definición.
- Disposición adicional primera. Definiciones.
- Disposición adicional segunda. Gestión técnica del múltiple digital.
- Disposición adicional tercera. Actualización del software de los aparatos receptores de televisión digital terrestre.
- Disposición adicional cuarta. Adecuación de proyectos técnicos.
- Disposición adicional quinta. Estaciones con autorización para la puesta en servicio.
- Disposición adicional sexta. Iniciativa pública en la extensión de la cobertura de la televisión digital.
- Disposición adicional séptima. Canales radioeléctricos para micro-reemisores de televisión digital terrestre de cobertura autonómica.
- Disposición adicional octava. Autorización para resolver sobre ajustes y adaptaciones técnicas.
- Disposición adicional novena. Parámetros de información de servicio de la televisión digital terrestre.
- Disposición adicional décima. Múltiples digitales de cobertura autonómica.
- Disposición adicional undécima. Actualizaciones de los sistemas de recepción de la televisión digital terrestre con motivo de la liberación del segundo dividendo digital.
- Disposición adicional duodécima. Adaptación de los proyectos técnicos de infraestructuras comunes de telecomunicaciones para el acceso a los servicios de telecomunicación en el …
- Disposición adicional decimotercera. Información al usuario de los servicios de televisión digital terrestre en alta definición y ultraalta definición.
- Disposición adicional decimocuarta. Uso de la banda 470-694 MHz para la prestación del servicio de televisión digital terrestre y protección de su prestación.
- Disposición adicional decimoquinta. Emisiones técnicas para el impulso de los estándares avanzados de televisión digital terrestre.
- Disposición transitoria primera. Modificaciones de los títulos habilitantes otorgados para la prestación del servicio de televisión digital terrestre.
- Disposición transitoria segunda. Modificaciones en los títulos habilitantes otorgados para el uso del dominio público radioeléctrico.
- Disposición transitoria tercera. Disposiciones comunes para la liberación de la banda de frecuencias 694 MHz a 790 MHz.
- Disposición transitoria cuarta. Limitación temporal en el uso de los canales de televisión digital terrestre en definición estándar.
- Disposición transitoria quinta. Emisiones íntegras y simultáneas en definición estándar y en resolución de alta definición en la capacidad restante de transmisión del múltiple d…
- Disposición transitoria sexta. Adaptación tecnológica de los aparatos receptores de televisión digital terrestre.
- Disposición transitoria séptima. Aplicación transitoria de las especificaciones técnicas de los aparatos receptores de televisión digital terrestre para emisiones de alta defini…
- Disposición derogatoria única. Derogación normativa.
- Disposición final primera. Título competencial.
- Disposición final segunda. Modificación del Plan técnico nacional de la radiodifusión sonora digital terrestre, aprobado por Real Decreto 1287/1999, de 23 de julio.
- Disposición final tercera. Modificación del Plan Técnico Nacional de la Televisión Digital Local, aprobado por el Real Decreto 439/2004, de 12 de marzo.
- Disposición final cuarta. Modificación del Reglamento regulador de las infraestructuras comunes de telecomunicaciones para el acceso a los servicios de telecomunicación en el in…
- Disposición final quinta. Modificación del Reglamento sobre el uso del dominio público radioeléctrico, aprobado por Real Decreto 123/2017, de 24 de febrero.
- Disposición final sexta. Desarrollo reglamentario y aplicación.
- Disposición final séptima. Entrada en vigor.
- Artículo 1. Banda de frecuencias.
- Artículo 2. Múltiples digitales.
- Artículo 3. Especificaciones técnicas de los transmisores.
- Artículo 4. Características técnicas de las estaciones.
- Artículo 5. Coordinación internacional.
Normas que la modifican o afectan (2)
Normas a las que afecta (8)
Preguntas frecuentes
- ¿Está en vigor Real Decreto 391/2019?
- Real Decreto 391/2019 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2025-12-20.
- ¿Qué normas modifican o afectan a Real Decreto 391/2019?
- El BOE registra 2 referencias posteriores sobre esta norma (modificaciones, desarrollos, correcciones o derogaciones parciales). En esta página se listan con enlace a cada norma.
- ¿Dónde consultar el texto consolidado actualizado de Real Decreto 391/2019?
- El texto consolidado oficial está disponible en boe.es (enlazado en esta página). En El Vínculo puedes además leerla artículo a artículo, ver versiones anteriores de cada precepto y preguntar a la IA sobre su contenido.