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Real Decreto Vigente

Disposición final segunda. Modificación del Plan técnico nacional de la radiodifusión sonora digital terrestre, aprobado por Real Decreto 1287/1999, de 23 de julio.

Disposición final segunda del Real Decreto 391/2019, de 21 de junio, por el que se aprueba el Plan Técnico Nacional de la Televisión Digital Terrestre y se regulan determinados aspectos para la liberación del segundo dividendo digital. · BOE-A-2019-9513

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2019-06-26.

Texto consolidado

El Plan técnico nacional de la radiodifusión sonora digital terrestre, aprobado mediante el Real Decreto 1287/1999, de 23 de julio, se modifica como sigue.

Uno. Se modifica el artículo 1, que queda redactado de la manera siguiente:

«Artículo 1. Bandas de frecuencias.

1. El servicio de radiodifusión sonora digital terrenal se explotará en las siguientes bandas de frecuencias:

a) 195 a 216 MHz (bloques 8A a 10D).

b) 216 a 223 MHz (bloques 11A a 11D).

Los límites espectrales de cada bloque de frecuencias se expresan en el anexo IV.

2. Los bloques de frecuencias en la banda 195 a 216 MHz se destinan, principalmente, al establecimiento de redes de frecuencia única de ámbito territorial provincial o, en su caso, insular, que se integrarán para constituir redes multifrecuencias de ámbito nacional y autonómico. La capacidad espectral excedentaria se destina a la cobertura local.

3. Los bloques de frecuencias de la banda 216 a 223 MHz se destinan, principalmente, al establecimiento de redes de frecuencia única de ámbito nacional y autonómico. La capacidad espectral excedentaria se destina a la cobertura local.»

Dos. El anexo IV queda redactado como se indica a continuación:

«ANEXO IV

Canalización de los bloques de frecuencias

Bloque

Límites del bloque

MHz

8A

195,168-196,704

8B

196,880-198,416

8C

198,592-200,128

8D

200,304-201,840

9A

202,160-203,696

9B

203,872-205,408

9C

205,584-207,120

9D

207,296-208,832

10A

209,168-210,704

10B

210,880-212,416

10C

212,596-214,128

10D

214,304-215,840

11A

216,160-217,696

11B

217,872-219,408

11C

219,584-221,120

11D

221,296-222,832»

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2019-06-26.

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