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Real Decreto Vigente

Artículo 4. Utilización de canales radioeléctricos en los múltiples digitales.

Artículo 4 del Real Decreto 250/2025, de 25 de marzo, por el que se aprueba el Plan Técnico Nacional de la Televisión Digital Terrestre y se regulan determinadas medidas de impulso de la evolución tecnológica de la televisión digital terrestre. · BOE-A-2025-6004

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2025-03-27.

Texto consolidado

Los múltiples digitales RGE1, RGE2, MPE1, MPE2, MPE3, MPE4, MPE5 y MAUT se explotarán en los canales radioeléctricos que, para cada uno de ellos y en cada área geográfica, se especifican en el Plan Técnico Nacional de la Televisión Digital Terrestre que se aprueba mediante este real decreto.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2025-03-27.

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