Real Decreto 2393/2004, de 30 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley Orgánica 4/2000, de 11 de enero, sobre derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social.
BOE-A-2005-323 · Boletín Oficial del Estado, 2005-01-07 · Ministerio de la Presidencia
Real Decreto 2393/2004 está derogada desde el 2014-03-16: ya no está en vigor.
Datos clave
- Rango
- Real Decreto 2393/2004
- Fecha de la disposición
- 2004-12-30
- Publicación
- Boletín Oficial del Estado núm. 6, 2005-01-07
- Entrada en vigor
- 2005-02-07
- Departamento
- Ministerio de la Presidencia
- Estado
- Derogada
- Fecha de derogación
- 2014-03-16
- Consolidado actualizado
- 2025-12-18
- Artículos
- 195
- Identificador BOE
- BOE-A-2005-323
- Texto consolidado
- boe.es · ELI
De qué trata esta norma
La Ley Orgánica 14/2003, de 20 de noviembre, por la que se reforma la Ley Orgánica 4/2000, de 11 de enero, sobre derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social, establece en su disposición final tercera el mandato al Gobierno para que adapte a sus previsiones el Reglamento de ejecución de la citada Ley Orgánica 4/2000, de 11 de enero.
Índice del articulado
- Artículo único. Aprobación y ámbito de aplicación del Reglamento.
- Disposición transitoria primera. Validez de permisos, autorizaciones o tarjetas en vigor.
- Disposición transitoria segunda. Solicitudes presentadas con anterioridad a la entrada en vigor del Reglamento.
- Disposición transitoria tercera. Proceso de normalización.
- Disposición derogatoria única. Derogación normativa.
- Disposición final primera. Desarrollo normativo.
- Disposición final segunda. Aplicación informática para la tramitación de procedimientos.
- Disposición final tercera. Modificación del Reglamento de aplicación de la Ley 5/1984, de 26 de marzo, reguladora del derecho de asilo y de la condición de refugiado, aprobado p…
- Disposición final cuarta. Entrada en vigor.
- Artículo 1. Entrada por puestos habilitados.
- Artículo 2. Habilitación de puestos.
- Artículo 3. Cierre de puestos habilitados.
- Artículo 4. Requisitos.
- Artículo 5. Documentación para la entrada.
- Artículo 6. Exigencia de visado.
- Artículo 7. Justificación del objeto y condiciones de la entrada.
- Artículo 8. Acreditación de medios económicos.
- Artículo 9. Requisitos sanitarios.
- Artículo 10. Prohibición de entrada.
- Artículo 11. Forma de efectuar la entrada.
- Artículo 12. Declaración de entrada.
- Artículo 13. Denegación de entrada.
- Artículo 14. Obligaciones de los transportistas de control de documentos.
- Artículo 15. Obligaciones de los transportistas de remisión de información.
- Artículo 16. Obligaciones de los transportistas en caso de denegación de entrada.
- Artículo 17. Requisitos.
- Artículo 18. Documentación. Plazos.
- Artículo 19. Forma de efectuar la salida.
- Artículo 20. Prohibiciones de salida.
- Artículo 21. Definición.
- Artículo 22. Exigencia y clases de visado de tránsito.
- Artículo 23. Procedimiento.
- Artículo 24. Autorización excepcional para tránsito.
- Artículo 25. Definición de estancia.
- Artículo 26. Visados de estancia. Clases.
- Artículo 27. Solicitud de visado de estancia.
- Artículo 28. Documentación requerida para los visados de estancia. Procedimiento.
- Artículo 29. Prórroga de estancia. Procedimiento.
- Artículo 30. Extinción de vigencia de la prórroga de estancia.
- Artículo 31. Estancia en supuestos de entrada o documentación irregulares.
- Artículo 32. Visado de cortesía.
- Articulo 33. Definición y supuestos de residencia.
- Artículo 34. Definición.
- Articulo 35. Procedimiento y requisitos.
- Artículo 36. Efectos del visado y duración.
- Artículo 37. Renovación de la autorización de residencia temporal.
- Artículo 38. Definición.
- Artículo 39. Familiares reagrupables.
- Artículo 40. Reagrupación familiar por residentes reagrupados.
- Artículo 41. Residencia independiente de los familiares reagrupados.
- Artículo 42. Procedimiento para la reagrupación familiar.
- Artículo 43. Tramitación del visado en el procedimiento de reagrupación familiar.
- Artículo 44. Renovación de las autorizaciones de residencia en virtud de reagrupación familiar.
- Artículo 45. Autorizaciones de residencia temporal por circunstancias excepcionales.
- Artículo 46. Procedimiento.
- Artículo 47. Renovación y cese de la situación de residencia temporal por circunstancias excepcionales.
- Artículo 48. Supuestos.
- Artículo 49. Autorización de trabajo por cuenta ajena.
- Artículo 50. Requisitos.
- Artículo 51. Procedimiento.
- Artículo 52. Efectos del visado de residencia y trabajo por cuenta ajena.
- Artículo 53. Denegación de las autorizaciones de residencia y trabajo por cuenta ajena.
- Artículo 54. Renovación de las autorizaciones de residencia y trabajo por cuenta ajena.
- Artículo 55. Autorización de residencia temporal y trabajo por cuenta ajena de duración determinada.
- Artículo 56. Requisitos.
- Artículo 57. Procedimiento.
- Artículo 58. Requisitos.
- Artículo 59. Procedimiento.
- Artículo 60. Efectos del visado de residencia y trabajo por cuenta propia.
- Artículo 61. Denegación de la autorización de residencia y trabajo por cuenta propia.
- Artículo 62. Renovación de la autorización de residencia y trabajo por cuenta propia.
- Artículo 63. Definición.
- Artículo 64. Requisitos.
- Artículo 65. Procedimiento.
- Artículo 66. Denegación de las autorizaciones de residencia y trabajo en el marco de prestaciones transnacionales de servicios.
- Artículo 67. Efectos del visado de residencia y trabajo en el marco de prestaciones transnacionales de servicios.
- Artículo 68. Excepciones a la autorización de trabajo.
- Artículo 69. Procedimiento.
- Artículo 70. Efectos del visado.
- Artículo 71. Definición.
- Artículo 72. Supuestos.
- Artículo 73. Procedimiento.
- Artículo 74. Renovación de la tarjeta de identidad de extranjero de los residentes permanentes.
- Artículo 75. Extinción de la autorización de residencia temporal.
- Artículo 76. Extinción de la autorización de residencia permanente.
- Artículo 77. Contingente de trabajadores extranjeros.
- Artículo 78. Contenido del contingente.
- Artículo 79. Elaboración del contingente.
- Artículo 80. Procedimiento.
- Artículo 81. Visados para la búsqueda de empleo.
- Artículo 82. Visados para la búsqueda de empleo dirigidos a hijos o nietos de español de origen.
- Artículo 83. Visados para búsqueda de empleo para determinados sectores de actividad u ocupaciones.
- Artículo 84. Autorización de trabajo por cuenta propia o ajena para trabajadores transfronterizos.
- Artículo 85. Definición.
- Artículo 86. Requisitos.
- Artículo 87. Procedimiento.
- Artículo 88. Renovación.
- Artículo 89. Familiares de los estudiantes e investigadores extranjeros.
- Artículo 90. Trabajo de estudiantes o investigadores.
- Artículo 91. Régimen especial de los estudios de especialización en el ámbito sanitario.
- Artículo 92. Menores extranjeros no acompañados.
- Artículo 93. Desplazamiento temporal de menores extranjeros.
- Artículo 94. Residencia del hijo de residente legal.
- Artículo 95. De la situación de estancia por estudios a la situación de residencia y trabajo.
- Artículo 96. De la situación de residencia a la situación de residencia y trabajo por cuenta propia o ajena.
- Artículo 97. Compatibilidad de situación de residencia y trabajo por cuenta ajena y la residencia y trabajo por cuenta propia.
- Artículo 98. De la situación de residencia por circunstancias excepcionales a la situación de residencia y trabajo por cuenta propia o ajena.
- Artículo 99. Modificaciones de la autorización de residencia y trabajo.
- Artículo 99 bis. Intervención de las comunidades autónomas en la modificación de autorizaciones
- Artículo. 100. Derechos y obligaciones.
- Artículo 101. Número de identidad de extranjero.
- Artículo 102. Acreditación.
- Artículo 103. El pasaporte o documento de viaje.
- Artículo 104. El visado.
- Artículo 105. La tarjeta de identidad de extranjero.
- Artículo 106. Tarjetas de trabajador transfronterizo y de estudiante.
- Artículo 107. Indocumentados.
- Artículo 108. Título de viaje para salida de España.
- Artículo 109. Registro Central de Extranjeros.
- Artículo 110. Comunicación al Registro Central de Extranjero de los cambios y alteraciones de situación.
Normas que la modifican o afectan (25)
Normas a las que afecta (7)
Preguntas frecuentes
- ¿Está en vigor Real Decreto 2393/2004?
- Real Decreto 2393/2004 está derogada desde el 2014-03-16: ya no está en vigor.
- ¿Qué normas modifican o afectan a Real Decreto 2393/2004?
- El BOE registra 25 referencias posteriores sobre esta norma (modificaciones, desarrollos, correcciones o derogaciones parciales). En esta página se listan con enlace a cada norma.
- ¿Dónde consultar el texto consolidado actualizado de Real Decreto 2393/2004?
- El texto consolidado oficial está disponible en boe.es (enlazado en esta página). En El Vínculo puedes además leerla artículo a artículo, ver versiones anteriores de cada precepto y preguntar a la IA sobre su contenido.