Disposición transitoria primera. Validez de permisos, autorizaciones o tarjetas en vigor.
Disposición transitoria primera del Real Decreto 2393/2004, de 30 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley Orgánica 4/2000, de 11 de enero, sobre derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social. · BOE-A-2005-323
Atención: Real Decreto 2393/2004 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.
Texto consolidado
Los distintos permisos, autorizaciones o tarjetas que habilitan para entrar, residir y trabajar en España, concedidos a las personas incluidas en el ámbito de aplicación del Reglamento que se aprueba mediante este real decreto y que tengan validez en la fecha de su entrada en vigor del mismo, conservarán dicha validez durante el tiempo para el que hubieran sido expedidos.
Más artículos de Real Decreto 2393/2004
- ← Artículo único. Aprobación y ámbito de aplicación del Reglamento.
- → Disposición transitoria segunda. Solicitudes presentadas con anterioridad a la entrada en vigor del Reglamento.
- Ver la norma completa: Real Decreto 2393/2004, de 30 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley Orgánica 4/2000, de 11 de enero, sobre derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social.