Real Decreto 240/2007, de 16 de febrero, sobre entrada, libre circulación y residencia en España de ciudadanos de los Estados miembros de la Unión Europea y de otros Estados parte en el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo.
BOE-A-2007-4184 · Boletín Oficial del Estado, 2007-02-28 · Ministerio de la Presidencia
Real Decreto 240/2007 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2025-12-19.
Resumen
Esta norma regula las condiciones de entrada, libre circulación y residencia en España de ciudadanos de la Unión Europea y de otros Estados del Espacio Económico Europeo. Aplica a estos ciudadanos y sus familiares desde su entrada en vigor el 16 de febrero de 2007.
Los puntos clave incluyen: 1) Los ciudadanos de la UE tienen derecho a entrar y residir en España, así como a trabajar en igualdad de condiciones que los españoles, siempre que cumplan con ciertos requisitos, como tener recursos suficientes y un seguro de salud. 2) Los familiares de estos ciudadanos, independientemente de su nacionalidad, también pueden residir en España si cumplen con las condiciones establecidas. 3) Se establece un procedimiento para solicitar certificados de registro y tarjetas de residencia, que deben ser obtenidos si la estancia supera los tres meses. 4) La norma también contempla derechos de residencia permanente tras cinco años de residencia legal en España.
El Real Decreto 240/2007 deroga el anterior Real Decreto 178/2003 y otras normas que contradigan su contenido.
Datos clave
- Rango
- Real Decreto 240/2007
- Fecha de la disposición
- 2007-02-16
- Publicación
- Boletín Oficial del Estado núm. 51, 2007-02-28
- Entrada en vigor
- 2007-03-28
- Departamento
- Ministerio de la Presidencia
- Estado
- Vigente
- Consolidado actualizado
- 2025-12-19
- Artículos
- 32
- Identificador BOE
- BOE-A-2007-4184
- Texto consolidado
- boe.es · ELI
De qué trata esta norma
España se adhirió a las Comunidades Europeas como Estado miembro de pleno derecho el 1 de enero de 1986, siendo necesario en aquellos momentos dictar el Real Decreto 1099/1986, de 26 de mayo, sobre entrada, permanencia y trabajo en España de ciudadanos de los Estados miembros de las Comunidades Europeas, en el que se regulaban las formalidades administrativas para el ejercicio de los derechos de entrada y permanencia en España por parte de los ciudadanos de sus Estados miembros para la realización de actividades por cuenta ajena o por cuenta propia o para prestar o recibir servicios al amparo de lo establecido en el Tratado de la Comunidad Económica Europea.
Índice del articulado
- Artículo 1. Objeto.
- Artículo 2. Aplicación a miembros de la familia del ciudadano de un Estado miembro de la Unión Europea o de otro Estado parte en el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo.
- Artículo 2 bis. Entrada y residencia de otros familiares del ciudadano de un Estado miembro de la Unión Europea o de otros Estados parte en el Acuerdo sobre el Espacio Económico…
- Artículo 3. Derechos.
- Artículo 4. Entrada.
- Artículo 5. Salida.
- Artículo 6. Estancia inferior a tres meses.
- Artículo 7. Residencia superior a tres meses de ciudadanos de un Estado miembro de la Unión Europea o de otro Estado parte en el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo.
- Artículo 8. Residencia superior a tres meses con tarjeta de residencia de familiar de ciudadano de la Unión.
- Artículo 9. Mantenimiento a título personal del derecho de residencia de los miembros de la familia, en caso de fallecimiento, salida de España, nulidad del vínculo matrimonial,…
- Artículo 9 bis. Mantenimiento del derecho de residencia.
- Artículo 10. Derecho a residir con carácter permanente.
- Artículo 11. Tarjeta de residencia permanente para miembros de la familia que no tengan la nacionalidad de un Estado miembro de la Unión Europea o de otro Estado parte en el Acu…
- Artículo 12. Tramitación y resolución de las solicitudes.
- Artículo 13. Renovación de las tarjetas de residencia.
- Artículo 14. Expedición y vigencia del certificado de registro y de la tarjeta de residencia.
- Artículo 15. Medidas por razones de orden público, seguridad y salud pública.
- Artículo 16. Informe de la Abogacía del Estado.
- Artículo 17. Garantías procesales.
- Artículo 18. Resolución.
- Disposición adicional primera. Atribución de competencias.
- Disposición adicional segunda. Normativa aplicable a los procedimientos.
- Disposición adicional tercera. Régimen especial de aplicación a los ciudadanos de algunos Estados no miembros de la Unión Europea ni Parte en el Acuerdo sobre el Espacio Económi…
- Disposición transitoria primera. Solicitudes presentadas con anterioridad a la entrada en vigor de este real decreto.
- Disposición transitoria segunda. Atribución transitoria de competencias.
- Disposición transitoria tercera. Régimen especial de los trabajadores por cuenta ajena nacionales de Estados miembros de la Unión Europea a los que se apliquen medidas transitor…
- Disposición derogatoria única. Derogación normativa.
- Disposición final primera. Incorporación de derecho de la Unión Europea.
- Disposición final segunda. Facultad de desarrollo.
- Disposición final tercera. Modificación del Reglamento de la Ley Orgánica 4/2000, de 11 de enero, sobre derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración socia…
- Disposición final cuarta. Normativa subsidiaria y supletoria.
- Disposición final quinta. Entrada en vigor.
Normas que la modifican o afectan (7)
Normas a las que afecta (4)
Preguntas frecuentes
- ¿Está en vigor Real Decreto 240/2007?
- Real Decreto 240/2007 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2025-12-19.
- ¿Qué normas modifican o afectan a Real Decreto 240/2007?
- El BOE registra 7 referencias posteriores sobre esta norma (modificaciones, desarrollos, correcciones o derogaciones parciales). En esta página se listan con enlace a cada norma.
- ¿Dónde consultar el texto consolidado actualizado de Real Decreto 240/2007?
- El texto consolidado oficial está disponible en boe.es (enlazado en esta página). En El Vínculo puedes además leerla artículo a artículo, ver versiones anteriores de cada precepto y preguntar a la IA sobre su contenido.