Ley Orgánica 4/2000, de 11 de enero, sobre derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social.
BOE-A-2000-544 · Boletín Oficial del Estado, 2000-01-12 · Jefatura del Estado
Ley Orgánica 4/2000 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2026-04-15.
Datos clave
- Rango
- Ley Orgánica 4/2000
- Fecha de la disposición
- 2000-01-11
- Publicación
- Boletín Oficial del Estado núm. 10, 2000-01-12
- Entrada en vigor
- 2000-02-01
- Departamento
- Jefatura del Estado
- Estado
- Vigente
- Consolidado actualizado
- 2026-04-15
- Artículos
- 118
- Identificador BOE
- BOE-A-2000-544
- Texto consolidado
- boe.es · ELI
De qué trata esta norma
JUAN CARLOS I
REY DE ESPAÑA
A todos los que la presente vieren y entendieren.
Índice del articulado
- Artículo 1. Delimitación del ámbito.
- Artículo 2. Exclusión del ámbito de la ley.
- Artículo 2 bis. La política inmigratoria.
- Artículo 2 ter. Integración de los inmigrantes.
- Artículo 3. Derechos de los extranjeros e interpretación de las normas.
- Artículo 4. Derecho a la documentación.
- Artículo 5. Derecho a la libertad de circulación.
- Artículo 6. Participación pública.
- Artículo 7. Libertades de reunión y manifestación.
- Artículo 8. Libertad de asociación.
- Artículo 9. Derecho a la educación.
- Artículo 10. Derecho al trabajo y a la Seguridad Social.
- Artículo 11. Libertad de sindicación y huelga.
- Artículo 12. Derecho a la asistencia sanitaria.
- Artículo 13. Derechos en materia de vivienda.
- Artículo 14. Derecho a la Seguridad Social y a los servicios sociales.
- Artículo 15. Sujeción de los extranjeros a los mismos impuestos que los españoles.
- Artículo 16. Derecho a la intimidad familiar.
- Artículo 17. Familiares reagrupables.
- Artículo 18. Requisitos para la reagrupación familiar.
- Artículo 18 bis. Procedimiento para la reagrupación familiar.
- Artículo 19. Efectos de la reagrupación familiar en circunstancias especiales.
- Artículo 20. Derecho a la tutela judicial efectiva.
- Artículo 21. Derecho al recurso contra los actos administrativos.
- Artículo 22. Derecho a la asistencia jurídica gratuita.
- Artículo 23. Actos discriminatorios.
- Artículo 24. Aplicabilidad del procedimiento sumario.
- Artículo 25. Requisitos para la entrada en territorio español.
- Artículo 25 bis. Tipos de visado.
- Artículo 26. Prohibición de entrada en España.
- Artículo 27. Expedición del visado.
- Artículo 28. De la salida de España.
- Artículo 29. Enumeración de las situaciones.
- Artículo 30. Situación de estancia.
- Artículo 30 bis. Situación de residencia.
- Artículo 31. Situación de residencia temporal.
- Artículo 31 bis. Residencia temporal y trabajo de mujeres extranjeras víctimas de violencia de género o de violencias sexuales.
- Artículo 32. Residencia de larga duración.
- Artículo 33. Régimen de admisión a efectos de estudios, intercambio de alumnos, prácticas no laborales o servicios de voluntariado.
- Artículo 34. Residencia de apátridas, indocumentados y refugiados.
- Artículo 35. Menores no acompañados.
- Artículo 35 bis. Contingencia migratoria extraordinaria para la protección del interés superior de la infancia y la adolescencia migrante no acompañada.
- Artículo 35 ter. Modelo de gestión de contingencias migratorias extraordinarias para la infancia y la adolescencia migrante no acompañada.
- Artículo 35 quáter. Plan de respuesta solidaria ante la situación de contingencia migratoria extraordinaria para la protección del interés superior de la infancia y la adolescen…
- Artículo 35 quinquies. Criterios de aplicación del Plan de respuesta solidaria ante la situación de contingencia migratoria extraordinaria para la infancia y la adolescencia mig…
- Artículo 36. Autorización de residencia y trabajo.
- Artículo 37. Autorización de residencia y trabajo por cuenta propia.
- Artículo 38. Autorización de residencia y trabajo por cuenta ajena.
- Artículo 38 bis. Régimen especial de los investigadores.
- Artículo 38 ter. Residencia y trabajo de profesionales altamente cualificados.
- Artículo 39. Gestión colectiva de contrataciones en origen.
- Artículo 40. Supuestos específicos de exención de la situación nacional de empleo.
- Artículo 41. Excepciones a la autorización de trabajo.
- Artículo 42. Régimen especial de los trabajadores de temporada.
- Artículo 43. Trabajadores transfronterizos y prestación transnacional de servicios.
- Artículo 44. Hecho imponible.
- Artículo 45. Devengo.
- Artículo 46. Sujetos pasivos.
- Artículo 47. Exención.
- Artículo 48. Cuantía de las tasas.
- Artículo 49. Gestión, recaudación y autoliquidación.
- Artículo 50. La potestad sancionadora.
- Artículo 51. Tipos de infracciones.
- Artículo 52. Infracciones leves.
- Artículo 53. Infracciones graves.
- Artículo 54. Infracciones muy graves.
- Artículo 55. Sanciones.
- Artículo 56. Prescripción de las infracciones y de las sanciones.
- Artículo 57. Expulsión del territorio.
- Artículo 58. Efectos de la expulsión y devolución.
- Artículo 59. Colaboración contra redes organizadas.
- Artículo 59 bis. Víctimas de la trata de seres humanos.
- Artículo 60. Efectos de la denegación de entrada.
- Artículo 61. Medidas cautelares.
- Artículo 62. Ingreso en centros de internamiento.
- Artículo 62 bis. Derechos de los extranjeros internados.
- Artículo 62 ter. Deberes de los extranjeros internados.
- Artículo 62 quáter. Información y reclamaciones.
- Artículo 62 quinquies. Medidas de seguridad.
- Artículo 62 sexies. Funcionamiento y régimen interior de los centros de internamiento de extranjeros.
- Artículo 63. Procedimiento preferente.
- Artículo 63 bis. Procedimiento ordinario.
- Artículo 64. Ejecución de la expulsión.
- Artículo 65. Carácter recurrible de las resoluciones sobre extranjeros.
- Artículo 66. Obligaciones de los transportistas.
- Artículo 67. Coordinación de los órganos de la Administración del Estado.
- Artículo 68. Coordinación de las Administraciones Públicas.
- Artículo 69. Apoyo al movimiento asociativo de los inmigrantes.
- Artículo 70. El Foro para la Integración Social de los Inmigrantes.
- Artículo 71. Observatorio Español del Racismo y la Xenofobia.
- Artículo 72. Comisión Laboral Tripartita de Inmigración.
- Disposición adicional primera. Plazo máximo para resolución de expedientes.
- Disposición adicional única. Plazo máximo para resolución de expedientes.
- Disposición adicional segunda. Subcomisiones de Cooperación.
- Disposición adicional tercera. Lugares de presentación de las solicitudes y exigencia de comparecencia personal.
- Disposición adicional cuarta.
- Disposición adicional quinta. Acceso a la información, colaboración entre Administraciones públicas y gestión informática de los procedimientos.
- Disposición adicional sexta. Acuerdos de readmisión.
- Disposición adicional séptima. Delimitación del Espacio Schengen.
- Disposición adicional octava. Ayudas al retorno voluntario.
- Disposición adicional novena. Autorizaciones autonómicas de trabajo en origen.
- Disposición adicional décima. Régimen especial de Ceuta y Melilla.
- Disposición adicional undécima. Capacidad ordinaria de los sistemas para la adecuada protección y tutela de las personas menores de edad extranjeras no acompañadas.
- Disposición adicional duodécima. Alcance de las decisiones de la Administración General del Estado sobre la capacidad de los sistemas de protección y tutela de personas menores …
- Disposición transitoria primera. Regularización de extranjeros que se encuentren en España.
- Disposición transitoria segunda. Validez de las autorizaciones vigentes.
- Disposición transitoria tercera. Normativa aplicable a procedimientos en curso.
- Disposición derogatoria única. Derogación normativa.
- Disposición final primera. Modificación del artículo 312 del Código Penal.
- Disposición final segunda. Inclusión de un nuevo Título XV bis en el Código Penal.
- Disposición final tercera. Modificaciones en los artículos 515, 517 y 518 del Código Penal.
- Disposición final cuarta. Preceptos no orgánicos.
- Disposición final quinta. Apoyo al sistema de información de Schengen.
- Disposición final quinta bis.Código Comunitario de Visados.
- Disposición final sexta. Reglamento de la Ley.
- Disposición final séptima. Información sobre la Ley a organismos y organizaciones interesados.
- Disposición final octava. Habilitación de créditos.
- Disposición final novena. Entrada en vigor.
Normas que la modifican o afectan (55)
Normas a las que afecta (2)
| Relación | Norma |
|---|---|
| Modifica | Ley Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal. |
| Deroga | la Ley Orgánica 7/1985, de 1 de julio |
Preguntas frecuentes
- ¿Está en vigor Ley Orgánica 4/2000?
- Ley Orgánica 4/2000 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2026-04-15.
- ¿Qué normas modifican o afectan a Ley Orgánica 4/2000?
- El BOE registra 55 referencias posteriores sobre esta norma (modificaciones, desarrollos, correcciones o derogaciones parciales). En esta página se listan con enlace a cada norma.
- ¿Dónde consultar el texto consolidado actualizado de Ley Orgánica 4/2000?
- El texto consolidado oficial está disponible en boe.es (enlazado en esta página). En El Vínculo puedes además leerla artículo a artículo, ver versiones anteriores de cada precepto y preguntar a la IA sobre su contenido.