Real Decreto 865/2001, de 20 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de reconocimiento del estatuto de apátrida.
BOE-A-2001-14166 · Boletín Oficial del Estado, 2001-07-21 · Ministerio de la Presidencia
Real Decreto 865/2001 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2025-12-18.
Datos clave
- Rango
- Real Decreto 865/2001
- Fecha de la disposición
- 2001-07-20
- Publicación
- Boletín Oficial del Estado núm. 174, 2001-07-21
- Entrada en vigor
- 2001-08-01
- Departamento
- Ministerio de la Presidencia
- Estado
- Vigente
- Consolidado actualizado
- 2025-12-18
- Artículos
- 22
- Identificador BOE
- BOE-A-2001-14166
- Texto consolidado
- boe.es · ELI
De qué trata esta norma
El artículo 13.4 de la Constitución señala que la ley establecerá los términos en los que los ciudadanos de otros países y los apátridas podrán gozar del derecho de asilo.
El mandato constitucional se cumplió con la promulgación de la Ley reguladora del derecho de asilo y de la condición de refugiado, Ley 5/1984, de 26 de marzo, actualmente modificada por la Ley 9/1994, de 19 de mayo, aun cuando España, con anterioridad a la promulgación de la Constitución, ya se había adherido mediante Instrumento de 22 de julio de 1978 («Boletín Oficial del Estado» de 21 de octubre de 1978), a la Convención de Ginebra de 28 de julio de 1951 y al Protocolo de Nueva York de 31 de enero de 1967, sobre el Estatuto de los Refugiados.
Índice del articulado
- Artículo único. Aprobación.
- Disposición final primera. Modificación del Reglamento de aplicación de la Ley 5/1984, de 26 de marzo, reguladora del derecho de asilo y de la condición de refugiado, modificada…
- Disposición final segunda. Facultad de desarrollo.
- Disposición final tercera. Entrada en vigor.
- Artículo 1. Reconocimiento del estatuto de apátrida.
- Artículo 2. Iniciación del procedimiento.
- Artículo 3. Requisitos de la solicitud.
- Artículo 4. Tiempo de presentación de la solicitud.
- Artículo 5. Autorización de permanencia provisional.
- Artículo 6. Menores.
- Artículo 7. Instrucción.
- Artículo 8. Pruebas, alegaciones e informes.
- Artículo 9. Trámite de audiencia.
- Artículo 10. Propuesta de resolución.
- Artículo 11. Resolución.
- Artículo 12. Obligación general.
- Artículo 13. Residencia y trabajo.
- Artículo 14. Reagrupación familiar.
- Artículo 15. Revocación.
- Artículo 16. Cese del estatuto.
- Artículo 17. Registro Central de Extranjeros.
- Artículo 18. Expulsión.
Normas que la modifican o afectan (1)
| Relación | Norma |
|---|---|
| Corrección de errores | en BOE num. 276, de 17 de noviembre de 2001 |
Normas a las que afecta (4)
Preguntas frecuentes
- ¿Está en vigor Real Decreto 865/2001?
- Real Decreto 865/2001 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2025-12-18.
- ¿Qué normas modifican o afectan a Real Decreto 865/2001?
- El BOE registra 1 referencia posteriores sobre esta norma (modificaciones, desarrollos, correcciones o derogaciones parciales). En esta página se listan con enlace a cada norma.
- ¿Dónde consultar el texto consolidado actualizado de Real Decreto 865/2001?
- El texto consolidado oficial está disponible en boe.es (enlazado en esta página). En El Vínculo puedes además leerla artículo a artículo, ver versiones anteriores de cada precepto y preguntar a la IA sobre su contenido.