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Real Decreto Vigente

Disposición final primera. Modificación del Reglamento de aplicación de la Ley 5/1984, de 26 de marzo, reguladora del derecho de asilo y de la condición de refugiado, modificada por la Ley 9/1994, de 19 de mayo, aprobado por Real Decreto 203/1995, de 10 de febrero.

Disposición final primera del Real Decreto 865/2001, de 20 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de reconocimiento del estatuto de apátrida. · BOE-A-2001-14166

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2001-08-01.

Texto consolidado

Se modifica el Reglamento de aplicación de la Ley 5/1984, de 26 de marzo, reguladora del derecho de asilo y de la condición de refugiado, modificada por la Ley 9/1994, de 19 de mayo, aprobado por el Real Decreto 203/1995, de 10 de febrero, en los siguientes términos:

1. Se añade al artículo 3 un nuevo párrafo, «i», con la siguiente redacción:

«i) Examinar los expedientes de apatridia y elevar propuestas de resolución al Ministro del Interior a través de la Dirección General de Extranjería e Inmigración.»

2. Se añade al artículo 3, un nuevo párrafo, «j», con la siguiente redacción:

«j) Instruir los expedientes para reconocer el estatuto de apátrida, así como aquellas otras funciones señaladas en los apartados anteriores de aplicación a dichos expedientes.»

Redactados los apartados 1 y 2 conforme a la corrección de errores publicada en BOE núm. 276, de 17 de noviembre de 2001. Ref. BOE-A-2001-21492.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2001-08-01.

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