Real Decreto 557/2011, de 20 de abril, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley Orgánica 4/2000, sobre derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social, tras su reforma por Ley Orgánica 2/2009.
BOE-A-2011-7703 · Boletín Oficial del Estado, 2011-04-30 · Ministerio de la Presidencia
Real Decreto 557/2011 está derogada desde el 2025-05-20: ya no está en vigor.
Datos clave
- Rango
- Real Decreto 557/2011
- Fecha de la disposición
- 2011-04-20
- Publicación
- Boletín Oficial del Estado núm. 103, 2011-04-30
- Entrada en vigor
- 2011-06-30
- Departamento
- Ministerio de la Presidencia
- Estado
- Derogada
- Fecha de derogación
- 2025-05-20
- Consolidado actualizado
- 2025-12-30
- Artículos
- 299
- Identificador BOE
- BOE-A-2011-7703
- Texto consolidado
- boe.es · ELI
De qué trata esta norma
REAL DECRETO POR EL QUE SE APRUEBA EL REGLAMENTO DE LA LEY ORGÁNICA 4/2000, SOBRE DERECHOS Y LIBERTADES DE LOS EXTRANJEROS EN ESPAÑA Y SU INTEGRACIÓN SOCIAL
La Ley Orgánica 2/2009, de 11 de diciembre, en su Disposición Final tercera, habilita al Gobierno a dictar las disposiciones que resulten necesarias para la aplicación y desarrollo de la reforma de la Ley Orgánica 4/2000, de 11 de enero, sobre derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social. El presente Real Decreto viene a aprobar el nuevo Reglamento de Extranjería, derogando el Reglamento aprobado por Real Decreto 2393/2004, de 30 de diciembre.
Índice del articulado
- Artículo único. Aprobación y ámbito de aplicación del Reglamento.
- Disposición adicional única. Identificación y protección de la víctima de trata de seres humanos.
- Disposición transitoria primera. Validez de las autorizaciones o tarjetas en vigor.
- Disposición transitoria segunda. Solicitudes presentadas con anterioridad a la entrada en vigor del Reglamento.
- Disposición derogatoria única. Derogación normativa.
- Disposición final primera. Títulos competenciales.
- Disposición final segunda. Desarrollo normativo.
- Disposición final tercera. Entrada en vigor.
- Artículo 1. Entrada por puestos habilitados.
- Artículo 2. Habilitación de puestos.
- Artículo 3. Cierre de puestos habilitados.
- Artículo 4. Requisitos.
- Artículo 5. Autorización de regreso.
- Artículo 6. Documentación para la entrada.
- Artículo 7. Exigencia de visado.
- Artículo 8. Justificación del motivo y condiciones de la entrada y estancia.
- Artículo 9. Acreditación de medios económicos.
- Artículo 10. Requisitos sanitarios.
- Artículo 11. Prohibición de entrada.
- Artículo 12. Forma de efectuar la entrada.
- Artículo 13. Declaración de entrada.
- Artículo 14. Registro de entrada en territorio español.
- Artículo 15. Denegación de entrada.
- Artículo 16. Obligaciones de los transportistas de control de documentos.
- Artículo 17. Obligaciones de los transportistas de remisión de información.
- Artículo 18. Obligaciones de los transportistas en caso de denegación de entrada.
- Artículo 19. Requisitos.
- Artículo 20. Documentación y plazos.
- Artículo 21. Forma de efectuar la salida.
- Artículo 22. Prohibiciones de salida.
- Artículo 23. Devoluciones.
- Artículo 24. Salidas obligatorias.
- Artículo 25. Definición.
- Artículo 26. Exigencia de visado de tránsito.
- Artículo 27. Procedimiento.
- Artículo 28. Definición.
- Artículo 29. Visados de estancia de corta duración. Clases.
- Artículo 30. Solicitud de visados de estancia de corta duración.
- Artículo 31. Visados expedidos en las fronteras exteriores.
- Artículo 32. Prórroga de estancia sin visado. Procedimiento.
- Artículo 33. Extinción de la prórroga de estancia.
- Artículo 34. Prórroga del visado de estancia de corta duración.
- Artículo 35. Anulación y retirada del visado de estancia de corta duración.
- Artículo 36. Estancia en supuestos de entrada o documentación irregulares.
- Artículo 37. Definición.
- Artículo 38. Requisitos para obtener el visado y/o autorización de estancia.
- Artículo 39. Procedimiento.
- Artículo 40. Prórroga.
- Artículo 41. Familiares del titular de una autorización de estancia.
- Artículo 42. Trabajo de titulares de una autorización de estancia.
- Artículo 43. Régimen especial de los estudios de especialización en el ámbito sanitario.
- Artículo 44. Movilidad dentro de la Unión Europea.
- Artículo 45. Definición y supuestos de residencia temporal.
- Artículo 46. Requisitos.
- Artículo 47. Medios económicos a acreditar para la obtención de una autorización de residencia temporal.
- Artículo 48. Procedimiento.
- Artículo 49. Efectos del visado y duración de la autorización inicial de residencia.
- Artículo 50. Visados y autorizaciones de residencia de carácter extraordinario.
- Artículo 51. Renovación de la autorización de residencia temporal no lucrativa.
- Artículo 52. Definición.
- Artículo 53. Familiares reagrupables.
- Artículo 54. Medios económicos a acreditar por un extranjero para la obtención de una autorización de residencia por reagrupación a favor de sus familiares.
- Artículo 55. Requisito sobre vivienda adecuada a acreditar por un extranjero para la obtención de una autorización de residencia por reagrupación a favor de sus familiares.
- Artículo 56. Procedimiento para la autorización de residencia por reagrupación familiar.
- Artículo 57. Tramitación del visado en el procedimiento de reagrupación familiar.
- Artículo 58. Entrada en territorio español.
- Artículo 59. Residencia de los familiares reagrupados, independiente de la del reagrupante.
- Artículo 60. Reagrupación familiar por residentes reagrupados.
- Artículo 61. Renovación de las autorizaciones de residencia en virtud de reagrupación familiar.
- Artículo 62. Definición.
- Artículo 63. Autorización inicial de residencia temporal y trabajo por cuenta ajena.
- Artículo 64. Requisitos.
- Artículo 65. Determinación de la situación nacional de empleo.
- Artículo 66. Medios económicos, materiales y personales a acreditar por el empleador para hacer frente a las obligaciones dimanantes del contrato de trabajo.
- Artículo 67. Procedimiento.
- Artículo 68. Procedimiento en el caso de traspaso de competencias ejecutivas en materia de autorización inicial de trabajo por cuenta ajena a Comunidades Autónomas.
- Artículo 69. Denegación de las autorizaciones iniciales de residencia temporal y trabajo por cuenta ajena.
- Artículo 70. Visado de residencia y trabajo y entrada en España.
- Artículo 71. Renovación de las autorizaciones de residencia temporal y trabajo por cuenta ajena.
- Artículo 72. Efectos de la renovación de la autorización de residencia temporal y trabajo por cuenta ajena.
- Artículo 73. Definición.
- Artículo 74. Autorización de residencia temporal y trabajo para investigación.
- Artículo 75. Convenio de acogida.
- Artículo 76. Requisitos para la concesión de la autorización de residencia temporal y trabajo para investigación.
- Artículo 77. Procedimiento.
- Artículo 78. Procedimiento en el caso de traspaso de competencias ejecutivas en materia de autorización inicial de trabajo para investigación a Comunidades Autónomas.
- Artículo 79. Denegación de las autorizaciones de residencia temporal y trabajo para investigación.
- Artículo 80. Requisitos para la obtención del visado de investigación.
- Artículo 81. Efectos del visado de investigación.
- Artículo 82. Renovación de la autorización de residencia temporal y trabajo para investigación.
- Artículo 83. Familiares de los investigadores extranjeros.
- Artículo 84. Movilidad de los extranjeros admitidos como investigadores en Estados miembros de la Unión Europea.
- Artículo 85. Definición.
- Artículo 86. Autorización de residencia y trabajo de profesionales altamente cualificados titulares de una Tarjeta azul-UE.
- Artículo 87. Requisitos.
- Artículo 88. Procedimiento.
- Artículo 89. Procedimiento en el caso de traspaso de competencias ejecutivas en materia de autorización inicial de trabajo de profesionales altamente cualificados a Comunidades …
- Artículo 90. Denegación de las autorizaciones de residencia temporal y trabajo de profesionales altamente cualificados.
- Artículo 91. Visado de residencia y trabajo.
- Artículo 92. Tarjeta de Identidad de Extranjero.
- Artículo 93. Renovación de las autorizaciones de residencia y trabajo de profesionales altamente cualificados.
- Artículo 94. Familiares de profesionales altamente cualificados.
- Artículo 95. Movilidad de los trabajadores extranjeros titulares de una Tarjeta azul-UE expedida en otro Estado miembro de la Unión Europea.
- Artículo 96. Movilidad de los familiares de los trabajadores extranjeros titulares de una Tarjeta azul-UE expedida en otro Estado miembro de la Unión Europea
- Artículo 97. Definición.
- Artículo 98. Autorización de residencia temporal y trabajo por cuenta ajena de duración determinada.
- Artículo 99. Requisitos.
- Artículo 100. Procedimiento.
- Artículo 101. Visado.
- Artículo 102. Prórroga de las autorizaciones.
- Artículo 103. Definición, duración y ámbito.
- Artículo 104. Autorización inicial de residencia temporal y trabajo por cuenta propia.
- Artículo 105. Requisitos.
- Artículo 106. Procedimiento.
- Artículo 107. Procedimiento en el caso de traspaso de competencias ejecutivas en materia de autorización inicial de trabajo por cuenta propia a Comunidades Autónomas.
- Artículo 108. Visado de residencia y trabajo y entrada en España.
- Artículo 109. Renovación de la autorización de residencia y trabajo por cuenta propia.
- Artículo 110. Definición.
- Artículo 111. Requisitos.
- Artículo 112. Procedimiento.
Normas que la modifican o afectan (16)
Normas a las que afecta (3)
Preguntas frecuentes
- ¿Está en vigor Real Decreto 557/2011?
- Real Decreto 557/2011 está derogada desde el 2025-05-20: ya no está en vigor.
- ¿Qué normas modifican o afectan a Real Decreto 557/2011?
- El BOE registra 16 referencias posteriores sobre esta norma (modificaciones, desarrollos, correcciones o derogaciones parciales). En esta página se listan con enlace a cada norma.
- ¿Dónde consultar el texto consolidado actualizado de Real Decreto 557/2011?
- El texto consolidado oficial está disponible en boe.es (enlazado en esta página). En El Vínculo puedes además leerla artículo a artículo, ver versiones anteriores de cada precepto y preguntar a la IA sobre su contenido.