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Real Decreto 1649/1998, de 24 de julio, por la que se desarrolla el Título II de la Ley Orgánica 12/1995, de 12 de diciembre, de represión del contrabando, relativo a las infracciones administrativas de contrabando.

BOE-A-1998-21017 · Boletín Oficial del Estado, 1998-09-07 · Ministerio de Economía y Hacienda

Real Decreto 1649/1998 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2025-12-18.

Resumen

Esta norma regula las infracciones administrativas relacionadas con el contrabando, desarrollando el Título II de la Ley Orgánica 12/1995. Aplica a personas físicas y jurídicas que cometan infracciones en este ámbito desde su entrada en vigor el 24 de julio de 1998.

Entre los puntos clave, establece la tipificación de infracciones en leves, graves y muy graves, dependiendo del valor de los bienes involucrados. Las sanciones pueden incluir multas que varían según la gravedad de la infracción, con porcentajes específicos para cada categoría. Además, se contempla el cierre temporal o definitivo de establecimientos relacionados con las infracciones, especialmente en el caso de tabaco. El procedimiento sancionador se rige por principios de transparencia y derecho a la defensa, permitiendo a los infractores presentar alegaciones y acceder a la documentación del procedimiento. También se establece un registro de sancionados para tener en cuenta antecedentes en futuras infracciones.

El Real Decreto no está derogado y sigue vigente, aunque se han introducido modificaciones en la normativa a lo largo de los años.

Resumen generado con IA a partir del texto consolidado. Para el detalle exacto, consulta siempre el texto oficial.

Datos clave

Rango
Real Decreto 1649/1998
Fecha de la disposición
1998-07-24
Publicación
Boletín Oficial del Estado núm. 214, 1998-09-07
Entrada en vigor
1998-09-27
Departamento
Ministerio de Economía y Hacienda
Estado
Vigente
Consolidado actualizado
2025-12-18
Artículos
43
Identificador BOE
BOE-A-1998-21017
Texto consolidado
boe.es · ELI

De qué trata esta norma

La Ley Orgánica 12/1995, de 12 de diciembre, de Represión del Contrabando, en su Título II, ha introducido importantes modificaciones en la normativa reguladora de las infracciones administrativas de contrabando, que afectan tanto a la tipificación de las infracciones como a las sanciones procedentes, adaptándolas al marco establecido por el Acta Única Europea por la que se constituye el mercado interior europeo. Además, el tabaco y los ilícitos con él relacionados han sido objeto de un tratamiento diferenciado del resto de las mercancías, caracterizado por el mantenimiento del límite anterior para la distinción entre delito e infracción administrativa y un mayor endurecimiento de las sanciones que incluyen el cierre de los establecimientos de los que los sujetos infractores sean titulares.

Extracto del preámbulo del texto consolidado. Texto completo, artículo a artículo, en El Vínculo.

Índice del articulado

Normas a las que afecta (16)

Preguntas frecuentes

¿Está en vigor Real Decreto 1649/1998?
Real Decreto 1649/1998 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2025-12-18.
¿Dónde consultar el texto consolidado actualizado de Real Decreto 1649/1998?
El texto consolidado oficial está disponible en boe.es (enlazado en esta página). En El Vínculo puedes además leerla artículo a artículo, ver versiones anteriores de cada precepto y preguntar a la IA sobre su contenido.
En El Vínculo puedes leer esta norma artículo a artículo, ver qué decía cada precepto en una fecha pasada y preguntarle a la IA sobre su contenido.