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Real Decreto Vigente

Disposición final segunda. Entrada en vigor.

Disposición final segunda del Real Decreto 1649/1998, de 24 de julio, por la que se desarrolla el Título II de la Ley Orgánica 12/1995, de 12 de diciembre, de represión del contrabando, relativo a las infracciones administrativas de contrabando. · BOE-A-1998-21017

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1998-09-27.

Texto consolidado

El presente Real Decreto entrará en vigor a los veinte días de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 1998-09-27.

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