Real Decreto 1578/2008, de 26 de septiembre, de retribución de la actividad de producción de energía eléctrica mediante tecnología solar fotovoltaica para instalaciones posteriores a la fecha límite de mantenimiento de la retribución del Real Decreto 661/2007, de 25 de mayo, para dicha tecnología.
BOE-A-2008-15595 · Boletín Oficial del Estado, 2008-09-27 · Ministerio de Industria, Turismo y Comercio
Real Decreto 1578/2008 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2025-12-19.
Datos clave
- Rango
- Real Decreto 1578/2008
- Fecha de la disposición
- 2008-09-26
- Publicación
- Boletín Oficial del Estado núm. 234, 2008-09-27
- Entrada en vigor
- 2008-09-28
- Departamento
- Ministerio de Industria, Turismo y Comercio
- Estado
- Vigente
- Consolidado actualizado
- 2025-12-19
- Artículos
- 28
- Identificador BOE
- BOE-A-2008-15595
- Texto consolidado
- boe.es · ELI
De qué trata esta norma
En agosto de 2005 fue aprobado el Plan de Energías Renovables 2005-2010, con el propósito de reforzar los objetivos prioritarios de la política energética del Gobierno, aumentar la seguridad y calidad del suministro eléctrico y mejorar el respeto al medio ambiente, junto con la determinación de dar cumplimiento a los compromisos internacionales que para España derivan del Protocolo de Kioto y de nuestra pertenencia a la Unión Europea y alcanzar los objetivos del Plan Nacional de Asignación de derechos de emisión de gases de efecto invernadero, 2008-2012.
Índice del articulado
- Artículo 1. Objeto.
- Artículo 2. Ámbito de aplicación.
- Artículo 3. Tipología de las instalaciones.
- Artículo 4. Registro de preasignación de retribución.
- Artículo 5. Cupos de potencia.
- Artículo 6. Procedimiento de inclusión en el Registro de preasignación de retribución.
- Artículo 7. Publicidad del resultado del procedimiento de preasignación de retribución.
- Artículo 8. Cancelación de la inscripción en el Registro de preasignación de retribución.
- Artículo 9. Aval.
- Artículo 10. Potencia de los proyectos.
- Artículo 11. Tarifas.
- Artículo 12. Actualización de las tarifas.
- Artículo 13. Establecimiento de requisitos técnicos y de calidad a las instalaciones.
- Artículo 14. Inspección de las instalaciones fotovoltaicas.
- Artículo 15. Régimen sancionador.
- Disposición adicional primera. Simplificación de procedimientos.
- Disposición adicional segunda. Comienzo de la venta de electricidad dentro del periodo de mantenimiento de la retribución.
- Disposición adicional tercera. Devolución del aval contemplado en los artículos 59 bis y 66 bis del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre.
- Disposición adicional cuarta. Referencias catastrales en Navarra y el País Vasco.
- Disposición adicional quinta. Modificación de la retribución de la actividad de producción mediante tecnología fotovoltaica.
- Disposición adicional sexta. Aplicación de tarifas de acceso a contratos de temporada de duración inferior o igual a cinco meses.
- Disposición adicional séptima. Periodicidad de la facturación y lectura de las tarifas domésticas.
- Disposición transitoria única. Cupo de potencia adicional extraordinario para las convocatorias de los años 2009 y 2010.
- Disposición derogatoria única. Derogación normativa.
- Disposición final primera. Modificación del Real Decreto 661/2007, de 25 de mayo, por el que se regula la actividad de producción de energía eléctrica en régimen especial.
- Disposición final segunda. Desarrollo normativo y modificaciones del contenido de los anexos.
- Disposición final tercera. Carácter básico.
- Disposición final cuarta. Entrada en vigor.
Normas que la modifican o afectan (10)
Normas a las que afecta (2)
Normativa relacionada por sector
Preguntas frecuentes
- ¿Está en vigor Real Decreto 1578/2008?
- Real Decreto 1578/2008 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2025-12-19.
- ¿Qué normas modifican o afectan a Real Decreto 1578/2008?
- El BOE registra 10 referencias posteriores sobre esta norma (modificaciones, desarrollos, correcciones o derogaciones parciales). En esta página se listan con enlace a cada norma.
- ¿Dónde consultar el texto consolidado actualizado de Real Decreto 1578/2008?
- El texto consolidado oficial está disponible en boe.es (enlazado en esta página). En El Vínculo puedes además leerla artículo a artículo, ver versiones anteriores de cada precepto y preguntar a la IA sobre su contenido.