Disposición derogatoria única. Derogación normativa.
Disposición derogatoria única del Real Decreto 1578/2008, de 26 de septiembre, de retribución de la actividad de producción de energía eléctrica mediante tecnología solar fotovoltaica para instalaciones posteriores a la fecha límite de mantenimiento de la retribución del Real Decreto 661/2007, de 25 de mayo, para dicha tecnología. · BOE-A-2008-15595
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2008-09-28.
Texto consolidado
Queda derogada cualquier disposición de igual o inferior rango en lo que se oponga a este real decreto.
Más artículos de Real Decreto 1578/2008
- ← Disposición transitoria única. Cupo de potencia adicional extraordinario para las convocatorias de los años 2009 y 2010.
- → Disposición final primera. Modificación del Real Decreto 661/2007, de 25 de mayo, por el que se regula la actividad d…
- Ver la norma completa: Real Decreto 1578/2008, de 26 de septiembre, de retribución de la actividad de producción de energía eléctrica mediante tecnología solar fotovoltaica para instalaciones posteriores a la fecha límite de mantenimiento de la retribución del Real Decreto 661/2007, de 25 de mayo, para dicha tecnología.