Real Decreto 1718/2012, de 28 de diciembre, por el que se determina el procedimiento para realizar la lectura y facturación de los suministros de energía en baja tensión con potencia contratada no superior a 15 kW.
BOE-A-2013-385 · Boletín Oficial del Estado, 2013-01-14 · Ministerio de Industria, Energía y Turismo
Real Decreto 1718/2012 está derogada desde el 2026-02-12: ya no está en vigor.
Datos clave
- Rango
- Real Decreto 1718/2012
- Fecha de la disposición
- 2012-12-28
- Publicación
- Boletín Oficial del Estado núm. 12, 2013-01-14
- Entrada en vigor
- 2013-01-15
- Departamento
- Ministerio de Industria, Energía y Turismo
- Estado
- Derogada
- Fecha de derogación
- 2026-02-12
- Consolidado actualizado
- 2026-02-12
- Artículos
- 11
- Identificador BOE
- BOE-A-2013-385
- Texto consolidado
- boe.es · ELI
De qué trata esta norma
La normativa actualmente en vigor en relación con la actividad de comercialización y el suministro de energía eléctrica se encuentra recogida en el Título VIII de la Ley 54/1997, de 27 de noviembre, del Sector Eléctrico, siendo su principal desarrollo normativo el Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica. Este desarrollo reglamentario se complementa con lo dispuesto en el Real Decreto 1435/2002, de 27 de diciembre, por el que se regulan las condiciones básicas de los contratos de adquisición de energía y de acceso a las redes en baja tensión, el Real Decreto 1164/2001, de 26 de octubre, por el que se establecen tarifas de acceso a las redes de transporte y distribución de energía eléctrica.
Índice del articulado
- Artículo 1. Ámbito de aplicación.
- Artículo 2. Lectura y facturación de consumidores acogidos a la tarifa de último recurso.
- Artículo 3. Lectura y facturación de consumidores que contratan su suministro a través de una comercializadora en mercado libre.
- Disposición adicional primera. Facturas de energía eléctrica.
- Disposición adicional segunda. Información a los consumidores sobre la aplicación del presente real decreto.
- Disposición transitoria primera. Período de adaptación a lo dispuesto en los artículos 2 y 3.
- Disposición transitoria segunda. Normativa para calcular los consumos estimados
- Disposición derogatoria única. Derogación normativa.
- Disposición final primera. Título competencial.
- Disposición final segunda. Desarrollo normativo y aplicación.
- Disposición final tercera. Entrada en vigor.
Normas que la modifican o afectan (1)
Normas a las que afecta (3)
Normativa relacionada por sector
Preguntas frecuentes
- ¿Está en vigor Real Decreto 1718/2012?
- Real Decreto 1718/2012 está derogada desde el 2026-02-12: ya no está en vigor.
- ¿Qué normas modifican o afectan a Real Decreto 1718/2012?
- El BOE registra 1 referencia posteriores sobre esta norma (modificaciones, desarrollos, correcciones o derogaciones parciales). En esta página se listan con enlace a cada norma.
- ¿Dónde consultar el texto consolidado actualizado de Real Decreto 1718/2012?
- El texto consolidado oficial está disponible en boe.es (enlazado en esta página). En El Vínculo puedes además leerla artículo a artículo, ver versiones anteriores de cada precepto y preguntar a la IA sobre su contenido.