Real Decreto 1167/1978, de 2 de mayo, por el que se desarrolla el título III, capítulo II, de la Ley 6/1977, de 4 de enero, de Fomento de la Minería.
BOE-A-1978-14184 · Boletín Oficial del Estado, 1978-06-05 · Ministerio de Hacienda
Real Decreto 1167/1978 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2025-12-16.
Resumen
El Real Decreto 1167/1978 regula el desarrollo de aspectos fiscales y administrativos relacionados con la actividad minera, en virtud de la Ley 6/1977 de Fomento de la Minería. Aplica a empresas y personas físicas que realicen actividades de exploración, investigación, explotación o beneficio de recursos minerales, desde su entrada en vigor en 1978.
Entre los puntos clave, establece la obligación de llevar una contabilidad separada para disfrutar de beneficios fiscales, como la libertad de amortización de inversiones en activos mineros durante un plazo de diez años. También se contemplan reducciones significativas en impuestos para actividades relacionadas con recursos declarados prioritarios, así como la posibilidad de solicitar prórrogas para estos beneficios. Además, se regula el régimen del factor de agotamiento, permitiendo a las entidades deducir un porcentaje de sus ingresos por la explotación de recursos mineros en su base imponible del Impuesto sobre Sociedades. Por último, se establece que las controversias sobre los beneficios fiscales serán resueltas por el Jurado Central Tributario. Esta norma no está derogada y sigue vigente en su aplicación.
Datos clave
- Rango
- Real Decreto 1167/1978
- Fecha de la disposición
- 1978-05-02
- Publicación
- Boletín Oficial del Estado núm. 133, 1978-06-05
- Entrada en vigor
- 1978-06-25
- Departamento
- Ministerio de Hacienda
- Estado
- Vigente
- Consolidado actualizado
- 2025-12-16
- Artículos
- 18
- Identificador BOE
- BOE-A-1978-14184
- Texto consolidado
- boe.es · ELI
De qué trata esta norma
La Ley seis/mil novecientos setenta y siete, de cuatro de enero, sobre fomento de la Minería, con el objeto de promover y desarrollar la exploración, investigación, explotación y beneficios mineros, dentro y fuera del territorio nacional, para procurar el abastecimiento de materias primas minerales a las industrias españolas, regula, entre otros importantes aspectos, el régimen tributario aplicable a las actividades mineras.
El tratamiento fiscal que la Ley establece y que afecta a un elevado número de tributos aconsejan su adecuado desarrollo desde la indicada perspectiva.
En su virtud, en uso de lo previsto en la disposición final primera de la citada Ley, y de conformidad con el dictamen emitido por el Consejo de Estado, a propuesta del Ministro de Hacienda, y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día dos de mayo de mil novecientos setenta y ocho,
Índice del articulado
- Artículo 1. Ambito objetivo de aplicación.
- Artículo 2. Libertad de amortización.
- Artículo 3. Beneficios aplicables a las actividades correspondientes a recursos declarados prioritarios.
- Artículo 4. Aplicación del régimen de factor de agotamiento a las personas jurídicas.
- Artículo 5. Aplicación del régimen de factor de agotamiento a las personas físicas.
- Artículo 6. Aplicación del régimen de factor de agotamiento a las asociaciones sin personalidad jurídica.
- Artículo 7. Jurados tributarios.
- Artículo 8. Competencia.
- Artículo 9. Hecho imponible.
- Artículo 10. Sujetos pasivos.
- Artículo 11. Bases y tipos.
- Artículo 12. Devengo.
- Artículo 13. Concesiones derivadas.
- Artículo 14. Pago.
- Artículo 15. Caducidad por falta de pago.
- Artículo 16. Régimen de amortización del canon de superficie por permisos de exploración o de investigación.
- Artículo 17. Gestión del canon de superficie de minas.
- Disposición final.
Normas a las que afecta (12)
Preguntas frecuentes
- ¿Está en vigor Real Decreto 1167/1978?
- Real Decreto 1167/1978 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2025-12-16.
- ¿Dónde consultar el texto consolidado actualizado de Real Decreto 1167/1978?
- El texto consolidado oficial está disponible en boe.es (enlazado en esta página). En El Vínculo puedes además leerla artículo a artículo, ver versiones anteriores de cada precepto y preguntar a la IA sobre su contenido.