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Real Decreto 1133/2010, de 10 de septiembre, por el que se regula la provisión del servicio de información de vuelo de aeródromos (AFIS).

BOE-A-2010-14625 · Boletín Oficial del Estado, 2010-09-24 · Ministerio de la Presidencia

Real Decreto 1133/2010 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2025-12-19.

Resumen

Esta norma regula la provisión del servicio de información de vuelo de aeródromos (AFIS) en España. Aplica a todos los aeródromos civiles de uso público desde su entrada en vigor el 11 de septiembre de 2010.

Los puntos clave de esta normativa incluyen la obligación de realizar estudios aeronáuticos de seguridad para determinar la necesidad del servicio AFIS, así como la certificación de proveedores de servicios AFIS por la Agencia Estatal de Seguridad Aérea. Además, se establece que, aunque un estudio no identifique la necesidad de AFIS, este servicio será obligatorio en aeródromos donde se realicen operaciones bajo reglas de vuelo por instrumentos. También se detallan las competencias administrativas para la designación de aeródromos AFIS y de proveedores de servicios, así como las condiciones de formación del personal que debe prestar este servicio. Por último, se aclara que el Real Decreto 1981/1998, que regulaba anteriormente el AFIS, queda derogado con la entrada en vigor de esta norma.

Resumen generado con IA a partir del texto consolidado. Para el detalle exacto, consulta siempre el texto oficial.

Datos clave

Rango
Real Decreto 1133/2010
Fecha de la disposición
2010-09-10
Publicación
Boletín Oficial del Estado núm. 232, 2010-09-24
Entrada en vigor
2010-09-25
Departamento
Ministerio de la Presidencia
Estado
Vigente
Consolidado actualizado
2025-12-19
Artículos
44
Identificador BOE
BOE-A-2010-14625
Texto consolidado
boe.es · ELI

De qué trata esta norma

La Ley 9/2010, de 14 de abril, por la que se regula la prestación de servicios de tránsito aéreo, se establecen las obligaciones de los proveedores civiles de dichos servicios y se fijan determinadas condiciones laborales para los controladores civiles de tránsito aéreo, introduce un nuevo régimen en la provisión de los servicios de tránsito aéreo de aeródromo.

Conforme a este nuevo régimen, los servicios de tránsito aéreo de aeródromo serán prestados por aquéllos proveedores civiles de tránsito aéreo de aeródromo certificados por una autoridad nacional de supervisión de la Unión Europea, que, a propuesta del gestor del aeródromo, sean designados por el Ministerio de Fomento para la provisión de estos servicios dentro de bloques específicos de espacio aéreo.

Extracto del preámbulo del texto consolidado. Texto completo, artículo a artículo, en El Vínculo.

Índice del articulado

Normas que la modifican o afectan (6)

Normas a las que afecta (3)

Preguntas frecuentes

¿Está en vigor Real Decreto 1133/2010?
Real Decreto 1133/2010 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2025-12-19.
¿Qué normas modifican o afectan a Real Decreto 1133/2010?
El BOE registra 6 referencias posteriores sobre esta norma (modificaciones, desarrollos, correcciones o derogaciones parciales). En esta página se listan con enlace a cada norma.
¿Dónde consultar el texto consolidado actualizado de Real Decreto 1133/2010?
El texto consolidado oficial está disponible en boe.es (enlazado en esta página). En El Vínculo puedes además leerla artículo a artículo, ver versiones anteriores de cada precepto y preguntar a la IA sobre su contenido.
En El Vínculo puedes leer esta norma artículo a artículo, ver qué decía cada precepto en una fecha pasada y preguntarle a la IA sobre su contenido.