Artículo 23. Proveedores de formación AFIS.
Artículo 23 del Real Decreto 1133/2010, de 10 de septiembre, por el que se regula la provisión del servicio de información de vuelo de aeródromos (AFIS). · BOE-A-2010-14625
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2010-09-25.
Texto consolidado
La formación inicial del personal AFIS se realizará exclusivamente por proveedores de formación AFIS que cuenten con un certificado en vigor para impartir dicha formación expedido por la Agencia Estatal de Seguridad Aérea.
Los proveedores de formación AFIS y sus centros deberán cumplir los requisitos y procedimientos establecidos en el anexo IV.