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Real Decreto Vigente

Disposición adicional segunda. Obligación de coordinación entre dependencias de transito aéreo y su personal.

Disposición adicional segunda del Real Decreto 1133/2010, de 10 de septiembre, por el que se regula la provisión del servicio de información de vuelo de aeródromos (AFIS). · BOE-A-2010-14625

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2010-09-25.

Texto consolidado

Independientemente de quien sea el proveedor de los servicios de transito aéreo y el tipo de servicios de tránsito aéreo que se preste, estos y sus dependencias así como su personal estarán obligados a asegurar la adecuada coordinación técnica y operativa entre ellas y a la puesta a disposición de la información necesaria para identificar los movimientos de las aeronaves en el espacio aéreo bajo su responsabilidad.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2010-09-25.

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